Los recursos excedentes deberán ser incorporados a su presupuesto y destinados a la ejecución y cumplimiento de sus programas y prioridades para contar con suficiencia presupuestal.
Los integrantes del Congreso del Estado, aprobaron la distribución de 148 millones 805 mil 397.7 pesos a los Poderes Ejecutivo Legislativo y Judicial del Estado correspondientes a los recursos excedentes del segundo y tercer trimestre del Ejercicio Fiscal 2018, provenientes de participaciones federales e incentivos económicos.
Por mayoría de votos y en sesión ordinaria, los diputados avalaron el dictamen de distribución de dichos recursos; en el caso del segundo ajuste trimestral, los tres Poderes del Estado, recibirán un total de cinco millones 124 mil 736.48 pesos, de los cuales 84 mil 629.88 pesos serán para el Poder Legislativo; 77 mil 031.75 pesos, para el Poder Judicial y cuatro millones 963 mil, 74.85 pesos, le corresponderá al Poder Ejecutivo.
En el tercer ajuste trimestral, los Poderes serán beneficiados con recursos por un monto de 143 millones 680 mil 661.22 pesos; de los cuales dos millones 372 mil 741.94 serán para el Legislativo; dos millones 159 mil 715.46 pesos, serán para el Judicial y 139 millones 148 mil 203.82 pesos para el Ejecutivo.
En conjunto por los dos periodos de ajustes trimestrales, los Poderes del Estado, estarán recibiendo un total de 148 millones 805 mil 397.7 pesos, los cuales deberán recibir en una sola exhibición a través de transferencia por parte de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado, ello luego de que el decreto aprobado por los legisladores entre en vigor.
Además, los recursos deberán ser aplicados de conformidad a lo establecido en el artículo 299 del Código Financiero del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, que a la letra establece “los recursos excedentes que reciban los poderes del Estado deberán ser incorporados a su presupuesto y destinados a la ejecución y cumplimiento de sus programas y prioridades que en el ámbito de su competencia determinen, efectuando su distribución en aquellos capítulos, partidas y programas de las dependencias o entidades que requieran suficiencia presupuestal”. Aunado a lo anterior, deberán informar en la cuenta pública la aplicación de los recursos.