El diputado federal de Morena Ignacio Mier Bañuelos y un grupo de concesionarias de radio y televisión en Puebla fueron exonerados por la la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de haber violado las reglas de difusión de informes en 2023.
El Pleno revocó por unanimidad de votos la resolución emitida por la Sala Especializada del TEPJF, en la cual se determinó que el entonces presidente municipal de Tecamachalco cometió uso indebido de recursos públicos en la promoción de su segundo informe de gobierno.
Además, se impuso una multa a diversas concesionarias por haber vulnerado las reglas de presentación de informes de labores fuera del ámbito geográfico, tras una queja que interpuso el Partido Acción Nacional (PAN).
Las concesionarias sancionadas fueron Radio Integral S. de R. L. de C. V., Radio XHRH FM S. R. L. de C. V., Radio XHVC-FM S. A. de C. V., Televisión Azteca y Operadora de Radio de Puebla S. A. de C. V., más conocida como La Grupera.
Lo anterior al demostrarse que tenían cobertura en algunos municipios de Puebla, pero también alcance en zonas de: Estado de México, Morelos, Oaxaca, Hidalgo, Tlaxcala, Veracruz y Guerrero.
La sentencia que los culpaba fue revocada debido a que la Sala Especializada no motivó justificadamente la existencia de la infracción denunciada por el PAN, dado que no se comprobó que la transmisión del informe de Ignacio Mier haya incumplido con el principio de territorialidad e incurrido en una infracción administrativa electoral.
“Cabe concluir que en este caso la autoridad responsable no motivó justificadamente la existencia de la infracción denunciada, dado que no evalúo, ni comprobó uno de los elementos normativos de la infracción consistente en la difusión extraterritorial de los informes de labores de los munícipes, a saber, que se hayan afectado o incidido en los principios o normas materiales en la contienda electoral”, resolvió la Sala Superior.
Con información de Reto Diario.
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