Para quitar el cargo al presidente debe contarse con una petición de ciudadanos, respaldada por al menos el 3 por ciento de la lista nominal de electores, en 17 estados del país.
La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular las reformas constitucionales que regulan los mecanismos de revocación de mandato y consulta popular.
Después de una discusión del dictamen en donde se presentaron argumentos a favor y en contra, la votación en lo general fue de 372 votos a favor, 75 en contra y cero abstenciones, en tanto que la votación en lo particular de los artículos reservados por los diversos grupos parlamentarios fue de 356 a favor, 84 en contra y cero abstenciones.
Para fundamentar el dictamen, la diputada Miroslava Carrillo Martínez, de Morena, señaló que la reforma tiene como objetivo fortalecer los mecanismos de participación ciudadana.
Con ello, enfatizó, se propone incorporar el derecho a votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia regional.
En el caso de la posible revocación de mandato del presidente, se aprobó que para que avance este procedimiento primero debe contarse con una petición de ciudadanos, respaldada por al menos el 3 por ciento de la lista nominal de electores, en 17 estados del país.
La revocación de mandato, según lo aprobado, se podrá solicitar solo una vez durante un sexenio, y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional o mandato.
Ya que se hiciera la convocatoria, de parte del INE (la cual no debe coincidir con procesos electorales), tendría que participar el 40 por ciento de los ciudadanos en la lista nominal de electores, para que los resultados sean válidos.