El presidente municipal, Eugenio Sánchez incumplió con la sentencia de pago que dictó el Tribunal.


Los integrantes del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) dieron un plazo de tres días hábiles al presidente municipal de Xaltocan, Eugenio Sánchez Amador para cumplir de manera total con la sentencia de pago de prestaciones a regidores, y advirtieron que de continuar con el incumpliendo se iniciará el proceso de destitución en su contra.

Lo anterior fue luego de que el munícipe incumplió la sentencia de pago que le ordenó el TET, motivo por el cual los magistrados multaron de nueva cuenta al presidente municipal de Xaltocan, referentes al pago de diferentes remuneraciones a diversos regidores del Ayuntamiento de Xaltocan, dentro del expediente TET-JDC-025/2019 y acumulados.

El presidente municipal ha omitido el pago de remuneración a partir de la primera quincena de febrero al regidor Ignacio Vázquez Franquiz, lo mismo que una gratificación y/o compensación de fin de año de 2018 a diversos regidores por un monto de 87 mil 056 pesos.

Además se suma el hecho de una reducción de mil pesos quincenales a sus salarios, también a esos mismos regidores, por lo que cada uno de éstos deben recibir 9 mil 500 pesos respecto de las quincenas de febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de ese año.

Esos pagos los debe cumplir en un plazo de tres días hábiles a partir de la notificación respectiva, con la advertencia que de no cumplir se iniciará el procedimiento de destitución que establece el párrafo segundo del artículo 56 de la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral. La Ley establece que la notificación de la resolución que se haga a la autoridad o partido político responsable, requerirá su cumplimiento dentro del plazo que se fije.

En caso de incumplimiento, sin causa justificada, se impondrán los medios de apremio y correcciones disciplinarias que señala la ley. En tanto, el segundo párrafo de ese mismo artículo precisa que “el incumplimiento podrá dar lugar a la inmediata separación del cargo, sin perjuicio de quedar a disposición del Ministerio Público para la iniciación del procedimiento penal respectivo y la aplicación de las demás sanciones que correspondan conforme a las disposiciones aplicables”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *