Se pide emitir una circular a través de la cual reitere la instrucción al personal que labora en el Hospital General de Cuetzalan. 

Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la Recomendación 7/2020 dirigida al Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud por la violación a los derechos humanos a la seguridad jurídica e integridad personal y a la vida.

Del análisis de las constancias y evidencias que integran el expediente 6216/2017 y su acumulado 6246/2017, se contaron con elementos suficientes para acreditar que la peticionaria con embarazo de 39.5 semanas de gestación, se presentó en el Hospital General de Cuetzalan para atención médica, en la valoración realizada se le diagnosticó con primer periodo de trabajo de parto, por lo que se le envío a deambular programándole una revaloración en lapsos de 4 horas aproximadamente; un día después, en atención a las recomendaciones de los doctores, regresó al citado hospital y fue revalorada en diez ocasiones y finalmente ingresada a sala de expulsión y posteriormente revalorada en dos momentos más.

Dos días después de la primera visita al hospital, se solicitó el traslado de la paciente al Hospital General de Teziutlán ya que no se contaba con el equipo quirúrgico completo para su atención, una vez ingresada al nosocomio de Teziutlán fue diagnosticada con embarazo de 39.6 semanas de gestación más periodo expulsivo prolongado, sufrimiento fetal agudo y no se encontró actividad cardiaca fetal.

Ante tales hechos se constató con las evidencias presentadas, que el personal médico no brindó la atención médica de manera adecuada y oportuna, los derechos humanos a la seguridad jurídica e integridad personal y a la vida, por lo que se procedió a recomendar lo siguiente:

I. Proporcionar a la agraviada atención médica y psicológica que permita su rehabilitación y la superación de las secuelas que fueron provocadas con motivo de los hechos.

II. Instruir a fin de que se realicen las gestiones administrativas y de presupuesto correspondientes que permitan ampliar y mejorar la infraestructura hospitalaria en los que se atiende a las mujeres en situación de embarazo, parto y el puerperio, priorizando las zonas alejadas y de marginación social, en específico en el Hospital General de Cuetzalan, a donde deberá asignar médico especializado en el área de gineco-obstetricia que atienda en la forma adecuada a quienes solicitan el servicio, principalmente en el área de urgencias y además deberá de dotar de aparatos auxiliares y en general de insumos.

III.Brindar a los médicos del Hospital General de Cuetzalan capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la violencia obstétrica y el derecho a la salud, con el fin de evitar que actos como los señalados se repitan.

IV.Emitir una circular a través de la cual reitere la instrucción al personal que labora en el Hospital General de Cuetzalan para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico mexicano, así como a los Tratados Internacionales suscritos y ratificado por el Estado de mexicano y se abstengan de realizar actos que atenten contra la integridad personal y protección a la salud de las personas.

V. Se instruya para que se colabora con la Fiscalía General del Estado en la denuncia e integración de las carpetas de investigación relativas a los hechos que se contrae la presente y que pudieran ser constitutivos de delito, aportando toda prueba con la que cuente que ayude a esclarecer los hechos.

VI. Informe al Órgano Interno de Control correspondiente para que inicie el procedimiento de investigación de responsabilidad administrativa en contra de los servidores públicos adscritos al Hospital General de Cuetzalan y que intervinieron en los hechos, que de acuerdo a su propia investigación resulten responsables.

Cada punto recomendatorio debe ser justificado por la autoridad señalada, debiendo informar del cumplimiento ante este organismo autónomo.

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