Apenas el 60% de los ayuntamientos han acreditado a sus jueces o están en trámite, tal como lo estipula la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.
Han transcurrido más de 14 meses de iniciar funciones, pero 24 de los 60 ayuntamientos todavía no cumplen con la acreditación de sus jueces ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), por lo que 40 por ciento de las demarcaciones no cuentan con una persona que pueda administrar justicia en la comuna.
Con base al último informe sobre el avance en la acreditación de jueces municipales solicitado al Poder Judicial local, se da cuenta que 17 municipios tienen iniciado un expediente de solicitud de nombramiento que están en trámite; mientras que 19 ya cuenta con el nombramiento expedido por el TSJE, que en suma hacen un total de 36 ayuntamientos que han atendido lo que establecen los artículos 153, 154, y 155 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, lo que representa un avance del 60 por ciento.
En contraparte, un total de 24 municipios no han realizado ningún tipo de nombramiento, mucho menos iniciado el trámite correspondiente el Poder Judicial local. Esto es que el 40 por ciento de los ayuntamientos está incumpliendo con lo establecido en el precepto legal; sin embargo la ley no prevé sanciones o medidas de apremio para las autoridades municipales que muestren desinterés en cumplir con la designación de la persona en la que el ayuntamiento deposita la función jurisdiccional.
Los municipios que están incumpliendo con esas designaciones son: Acuamanala de Miguel Hidalgo, Altzayanca, Benito Juárez, Cuapiaxtla, Emiliano Zapata, Muñoz de Domingo Arenas, Nanacamilpa, Nativitas, Panotla, San Damián Texoloc, San José Teacalco, San Juan Huactzinco, San Lorenzo Axocomanitla, San Lucas Tecopilco, Xiloxoxtla, Tetlatlahuca, Tenancingo, Terrenate, Tlaxco, Tocatlán, Tzompantepec, y Xaloztoc.
Mientras que los que ya tienen un juez acreditado por el TSJE, son: Amaxac, Calpulalpan, Chaiutempan, Contla, Españita, Ixtacuixtla, Ixtenco, Lázaro Cárdenas, Mazatecochco, Papalotla, San Pablo del Monte, Nopalucan, Ayometla, Santa Cruz Tlaxcala, Teolocholco, Tepetitla, Tlaxcala, Totolac, y Xicohtzinco.
El artículo 153 de la Ley Municipal, establece que se deposita la función jurisdiccional del ayuntamiento, en el juez municipal quien será auxiliado en sus funciones por el personal necesario. En el 154 se indica que el juez municipal deberá cumplir con los siguientes requisitos: Ser licenciado en derecho con título y cédula profesional legalmente expedidos con una antigüedad mínima de tres años, ser ciudadano mexicano, avecindado en el municipio que se trate cuando menos cinco años anteriores a su designación, no haber sido condenado por delito grave o estar inhabilitado para desempeñar el cargo, empleo o comisión como servidor público y no haber sido objeto de recomendación alguna por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), y ser mayor de 25 años.
Y en el 155 de la misma ley se señala que la propuesta para ese cargo debe ser hecha por el presidente municipal, en una terna, que será elegido por el ayuntamiento por la votación de las dos terceras partes de sus miembros.