El dictamen fue turnado a los Congresos Estatales para la aprobación de las reformas Constitucionales.


Sin generar ninguna discusión y con 21 votos a favor de 25 posibles, el Congreso del Estado de Tlaxcala aprobó la reforma Constitucional para eliminar el fuero al presidente de la República con lo que podría ser juzgado por los delitos de traición a la patria, delitos electorales, corrupción, además de aquellos del fuero común.

Fue en la sesión ordinaria de este día que la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos presentó el dictamen de la minuta proyecto de decreto que remitió el Congreso de la Unión al Congreso del Estado en materia de eliminación del fuero.

La reforma Constitucional aplica al segundo párrafo del artículo 108 y el cuarto párrafo del artículo 111, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para la eliminación de la protección a la justicia al Ejecutivo Federal.

Sin embargo, para proceder penalmente contra el presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.

Mientras que el artículo 108 establece que esta condición será durante el tiempo del encargo del Presidente de la República, y que «podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana».

Al respecto, los diputados locales consideraron que «son importantes las proposiciones de reforma a los preceptos constitucionales comprendidos en los artículos 108 y 111 de la Carta Magna, ya que actualmente el Titular del Poder Ejecutivo Federal en funciones no podría ser sujeto a proceso por una autoridad judicial; de tal manera que en caso de que se le impute un delito y la Cámara decida declarar la procedencia de su enjuiciamiento, se le abrirá un procedimiento ante el Senado, similar al del juicio político, con la condición de que en este caso el Senado se constituirá como tribunal de orden materialmente penal y resolverá con base en la legislación penal aplicable».

Para que puedan ser modificados los artículos 108 y 11 de la Constitución, es necesario que por lo menos 17 congresos locales avalen los cambios, mismos que ya han aprobado en el Estado de México, Chiapas, Puebla, Baja California Sur, Colima, y ahora Tlaxcala.

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