Con respecto a la postulación de personas indígenas, el TET ordenó la difusión en náhuatl u otomí del acuerdo para la postulación de candidaturas.

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) confirmó las acciones afirmativas emitidas por las y los integrantes del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para la postulación de al menos el 20 por ciento de jóvenes en las candidaturas de los partidos políticos a los cargos de elección popular, y de personas indígenas a candidaturas a las diputaciones locales durante el proceso electoral 2020-2021.

En ese sentido, los magistrados José Lumbreras, Miguel Nava y la magistrada Claudia Salvador coincidieron en que el acuerdo del ITE no trastoca el principio de autoorganización y autodeterminación que tienen los partidos políticos, ni se invade su esfera jurídica interna, sino que la medida implementada garantiza un acceso efectivo a las y los jóvenes a los diversos cargos de elección popular.

También, determinaron que el 20 por ciento de candidaturas para ese sector de la población no resulta excesivo, pues del análisis realizado por el ITE se advierte que las personas de 18 a 29 años constituyen el 29.4 por ciento del padrón electoral y el 29.3 por ciento de la lista nominal.

“Le asiste la razón a la autoridad responsable al razonar que si bien la población juvenil en edad para votar es de cerca de un 30 por ciento, representa a un sector de la población que incluye, además, a las personas jóvenes que aún no cuentan con la edad de 18 años para ejercer el derecho a votar. En virtud de lo anterior, es adecuado exigir una representación de al menos un 20 por ciento, sin que ello implique un límite en los partidos políticos”, así se estableció en la resolución aprobada por unanimidad del Pleno del TET, dentro de los expedientes TET-JE-56/2020, TET-JE-58/2020, TET-JE-59/2020 y TET-JE-60/2020.

Con respecto a la acción afirmativa a favor de la población indígena para su postulación a diputaciones locales, el TET no solo confirmó el acuerdo de la autoridad electoral local sino que además ordenó al ITE notificar a los ayuntamientos que integran los distritos electorales locales 3, 8, 9, 10, 12 y 15, la difusión en náhuatl u otomí, pero además con un lenguaje ciudadano, su acuerdo ITE-CG 63/2020 relativo a la postulación de este sector de la población.

“Si bien el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones dio publicidad a su acuerdo ITE-CG 63/2020, la misma no fue suficiente, pues no debe pasarse por alto que su acuerdo debe observar el principio de máxima publicidad, por lo que se ordena a ese órgano electoral notificar el mismo a los ayuntamientos que integran los distritos electorales locales 3, 8, 9, 10, 12 y 15, y la difusión del multicitado acuerdo en versión breve, una con lenguaje ciudadano y la otra en náhuatl u Otomí”, determinaron los magistrados del TET.

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