Se aseguraron dos vehículos en los que transportaban la madera, las personas responsables podrían hacerse acreedores a una multa.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aseguró una total de 25.794 metros cúbicos de madera en rollo de pino proveniente del Área Natural Protegida La Malinche, a la altura de la comunidad de San Pedro Tlalcuapan, municipio de Chiautempan, dicha madera estaba infectada con insectos descortezadores vivos por lo que para evitar contagios en zonas arboladas sanas tuvo que ser regresada a su lugar de origen.

Al respecto, la delegación en Tlaxcala de la Profepa informó que además aseguró precautoriamente dos vehículos tipo Torton en los que era transportada la madera infectada proveniente de un predio forestal perteneciente a la comunidad antes referida.

La autoridad informó que el Parque Nacional Malintzi, cuenta con una notificación de saneamiento forestal expedido por la Comisión Nacional Forestal (Conafor), sin embargo, al momento de la inspección ocular se detectó la presencia de insectos descortezadores vivos en algunas piezas de la madera en rollo.

No obstante, durante un recorrido de vigilancia a la altura de la comunidad de Xaxala, de Chiautempan, se interceptaron los dos vehículos cargados en su plataforma con madera en rollo de pino, por lo que con la finalidad de verificar su legal transporte se solicitó a los conductores la documentación forestal correspondiente, los cuales presentaron dos Remisiones Forestales expedidas por la Conafor, señalando que procedían de un predio donde se realizan trabajos de saneamiento de arbolado plagado por insectos descortezadores (Dendroctonus adjunctus), detectando que al desprender parte de la corteza de algunas piezas en su superficie había insectos descortezadores vivos en estadio adulto.

Por lo cual se consideran incumplimientos a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-019-SEMARNAT-2017, que establece los lineamientos técnicos para la prevención, combate y control de insectos descortezadores.

Ante esa acción las personas que resulten responsables podrían hacerse acreedores a una multa que va de 40 hasta mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, de conformidad con lo señalado en el artículo 157 fracción I, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, independientemente de las sanciones penales que resulten.

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