El tramite se hace para cambiar de género, por percepción o condición personal e interna, la cual puede corresponder o no al sexo asignado en el registro primario.

El gobierno del estado de Puebla abrió una ventanilla digital para realizar el trámite que permita a las personas transexuales obtener su acta de nacimiento, con lo que se hace efectiva la llamada Ley Agnes aprobada por el Congreso del estado.

El proceso tiene un costo de 460 pesos y tiene por objeto el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género autopercibida, proceso que solo podrán realizar personas mayores de 18 años.

La obtención de un acta de este tipo aplica para personas que requieren cambiar de género, por su percepción o condición personal e interna, la cual puede corresponder o no al sexo asignado en el registro primario.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

– Ser de nacionalidad Mexicana.

– Contar con 18 años de edad cumplidos.

– Haber sido inscrito el registro de nacimiento primigenio en cualquier Juzgado de la circunscripción territorial del Estado de Puebla.

– Acudir personalmente.

– Que el acta primigenia se encuentre en el sistema de impresión de actas (SIDEA).

– Copia fiel del libro de origen certificada del acta de nacimiento, con una vigencia no mayor a un año de expedición.

– CURP certificada.

– Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial de elector, pasaporte, licencia de conducir, cartilla militar).

– Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.

– Dos testigos con identificación oficial vigente.

PASO A PASO

Paso 1: Consultar que el acta de nacimiento primigenia se encuentre en el sistema de impresion de actas (SIDEA), puede consultarlo en: www.gob.mx/ActaNacimiento

O bien, acudir a cualquier módulo del Registro Civil donde se impriman actas del sistema SIDEA, para verificar que el acta se encuentre dada de alta. Consulte el directorio de Juzgados con sistema SIDEA aquí.

Si el acta NO se encuentra en sistema:

– Consulte el trámite de Digitalización de Actas.

Si el acta se encuentra en sistema:

Paso 2: Deberá acudir personalmente con los requisitos establecidos, preferentemente al Juzgado donde se realizó el registro de nacimiento primigenio.

Paso 3: El Juez valorará la documentación que presente la persona solicitante, y procederá al llenado de la solicitud.

Paso 4: Se genera orden de cobro y el interesado deberá realizar el pago de derechos.

Paso 5: Una vez realizado el pago, el Juez emitirá la resolución.

Paso 6: Se procederá a realizar el levantamiento de la nueva acta de reconocimiento de identidad de género autopercibida.

Para iniciar el trámite puedes pulsar AQUÍ.

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