Cofepris ya no podrá negar permisos y los interesados ya no tendrán que tramitar amparos.

Con 8 votos a favor y 3 en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición de la marihuana para uso lúdico.

El Pleno analizó el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández sobre la declaratoria general de inconstitucionalidad de cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíbe emitir autorizaciones para realizar las actividades relacionadas con el autoconsumo de marihuana y tetrahidrocannabidol (THC) con fines recreativos.

Con el fallo la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) ya no podrá negar los permisos para el uso lúdico de la marihuana y los interesados ya no tendrán que tramitar amparos.

El presidente ministro Arturo Zaldívar afirmó que hoy es un día histórico para las libertades. “Después de un largo camino, esta Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso lúdico recreativo de la marihuana”, dijo.

Zaldívar afirmó que con lo anterior confirma, una vez más, que los instrumentos que la Constitución tiene para la defensa de los derechos, funciona; y que un tribunal constitucional es esencial para el desarrollo de estos derechos, para su defensa y para cambios sociales que difícilmente se pueden dar en sede solamente legislativa.

“Este tribunal reitera que su único compromiso es con la Constitución y que actúa con plena autonomía”.

El proyecto pasará al Congreso de la Unión quien deberá continuar con los intentos de regular el uso lúdico, pues con los criterios emitidos por la corte es necesario que se garantice que el ejercicio no dañe a terceros.

Los ministros que votaron a favor fueron Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, José Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar Morales, Norma Lucía Piña Hernández, Ana Margarita Ríos Farjat y Javier Laynez Potisek. En contra, los ministros Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Yasmín Esquivel Mossa.

F. ADN40

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