Con Teziutlán como el cuarto municipio con más fosas comunes diputados no deben minimizar escenario

Que Teziutlán sea la cuarta fosa común más grande del país, obliga al Congreso del Estado de Puebla a aprobar la Ley de Personas Desaparecidas solicitada por organizaciones civiles. 

La diputada local del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Rocío García Olmedo, dijo que es alarmante las cifras del INEGI, respecto a que de enero a diciembre del 2020 se inhumaron un total de 653 cadáveres en Teziutlán debidamente identificados, mientras que 299 cuerpos fueron enviados a la fosa común en calidad de “desconocidos”.

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“En Puebla no hay una ley estatal de personas desaparecidas, todos los protocolos que hay son nacionales, pero esta misma ley establece que los estados deben trabajar en su propia ley para reforzar la búsqueda de personas”.

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Puebla no puede quedarse atrás: Colectivo Voz de los Desaparecidos

Por su parte, la representante del Colectivo Voz de los Desaparecido en Pueblas, María Luisa Núñez, dijo que ante las estadísticas oficiales que se manejan en Puebla, los diputados locales no pueden minimizar estos escenarios.

Lamentó el actuar del Congreso Local, donde se entregaron más de 6 mil firmas para pedir la sesión extraordinaria que permita la aprobación de esta ley que se homologaría con la trabajada a nivel federal.  

«Necesitamos que el Congreso legisle a favor de las personas desaparecidas. Queremos que se aclare y convoque a un periodo extraordinario para que de apruebe la iniciativa que se presentó hace un año justo un 15 de julio de 2020”.


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Hasta 2018 solo hay 10 sentencias por desaparición forzada en el país

Según el gobierno federal, en 2020, registró 4 mil 960 denuncias por desapariciones en los primeros nueve meses de ese año, sin embargo, un estudio de las Naciones Unidas de los Derechos Humanos, hasta el 2018 solo hay 10 sentencias condenatorias por desaparición forzada en el país.

A nivel federal y con base en la ley, el delito de desaparición de personas se le impondrá una pena de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa, además de que este delito debe ser investigado sin importar cuánto tiempo haya pasado desde que presuntamente se desconoce el paradero de la persona.

La misma ley federal fija, que la pena de cárcel subirá un 50 por ciento cuando las victimas pertenezcan algún grupo vulnerable como: mujeres, menores, abuelitos o personas con discapacidad.

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