Consideraron que los actos reclamados corresponden a actos cometidos por anteriores comisionados, situación por la cual no es vinculante a ellos.

El Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Tlaxcala (IAIP), no aceptó la recomendación 01/2021 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos en julio pasado, en contra de los ex comisionados David Cabrera Canales y Francisco Morones Servín por incurrir en diversas violaciones de derechos humanos cometidas hacia su ex homóloga Marlene Alonso Meneses.

En el escrito de contestación, los actuales comisionados del IAIP, Didier Fabián López Sánchez, Maribel Rodríguez Piedras y Fernando Hernández López, informaron sobre la no aceptación de dicha recomendación, ya que consideraron que los actos reclamados corresponden a actos cometidos por anteriores comisionados, situación por la cual no es vinculante a ellos.

Además, señalaron que la recomendación emitida, se dio a destiempo y no corresponde a la actualidad, ya que los excomisionados ya fueron juzgados en su momento y sancionados por el Congreso del Estado, al resolver el juicio político en su contra en el que se acreditaron diversas acciones, irregularidades y demás situaciones que valieron que fueran destituidos del cargo.

Al considerarse este hecho como un acto concluido, los comisionados explicaron que dicha recomendación reactiva un acto consumado y juzgado con anterioridad, aunado a que de acuerdo al expediente de queja, el visitador consideró necesaria únicamente la conclusión del expediente, pero determinaron la emisión de la recomendación.

Entre otros señalamientos, consideraron que hubo una indebida integración y motivación de la queja, además de que la reparación del daño, no puede actualizarse, ya que la excomisionada fue cesada del cargo y por tanto no se actualizan las posibles pérdidas y perjuicios económicos pues dejó de percibir emolumentos, por una sanción impuesta en su contra.

Por estos y otros motivos sustanciados, el IAIP determinó “no aceptar ni jurídica ni materialmente la recomendación 01/2010, emitida por la CEDH, pues a nuestra consideración no se ajusta a la realidad jurídica ni material que existe respecto a las conductas y hechos considerados en la queja y recomendación que se contesta”.

Asimismo, indicaron que esta no aceptación, no significa que el instituto no sea consciente de la actualidad y del fenómeno de violencia que existe en contra de las mujeres, al tiempo que condenan todo acto de esta naturaleza; en tanto que refieren estar comprometidos con la promoción, respeto y protección de los derechos humanos.

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