No aplicará para funcionarios electos o asignados antes de la aprobación del decreto en el Congreso del Estado.
El Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala (POET) publica el decreto de ley que elimina de la Constitución local el fuero del que gozaban los diputados, la gobernadora del Estado, los magistrados y el presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) y que entró en vigor el 1 de octubre.
Sin embargo, el artículo Segundo Transitorio menciona que la reforma no aplicará para los funcionarios electos o elegidos para los órganos autónomos antes de su aprobación el 14 de agosto de 2021 por el Congreso del Estado.
A partir del 1 de octubre quedaron derogados los artículos 107 y 115 de la Constitución Política de Tlaxcala sobre el fuero de los altos mandos de la administración pública estatal y consejeros electorales en funciones en materia penal, relacionada con actos de corrupción y otros delitos.
Además, entran en vigor las reformas a los artículos 36, 109 y 110 que detallaban el derecho al fuero de los funcionarios electos para solo dejar, en el caso de los diputados locales, que no podrán ser reconvenidos o reprendidos por las opiniones que expresen.
En la reforma al artículo 109 se agrega al gobernador o gobernadora, magistrados de los tribunales estatales, al presidente o presidenta de la CEDH y a los titulares de las secretarías de gobierno como sujetos de juicio político; mientras que se eliminan del artículo 110 las condiciones antes señaladas para que procediera el desafuero de funcionarios.
Por último, el artículo segundo transitorio señala que:
“El Decreto iniciará su vigencia el día siguiente al de su publicación…; sin embargo, no será aplicable a los diputados, al Gobernador, a los Magistrados, al Presidente de la CEDH, ni a los Consejeros integrantes del Consejo General del ITE, que se encuentren en ejercicio de sus funciones, o cuyo nombramiento esté vigente, al momento de la aprobación de este Decreto por el Congreso del Estado.”