La SCJN también negó todas las impugnaciones presentadas por las empresas Bayer-Monsanto, Syngenta, PHI y Dow.
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó por unanimidad y sin discusión cuatro amparos que empresas transnacionales interpusieron contra la decisión judicial que les impide sembrar maíz transgénico en México para fines comerciales.
Además, negó todas las impugnaciones presentadas por las empresas Bayer-Monsanto, Syngenta, PHI y Dow.
En su fallo, la SCJN determinó que los jueces que intervengan en un juicio de acción colectiva “pueden dictar cualquier medida que consideren pertinente para proteger los derechos e intereses de una colectividad”, siempre que se cumpla con los requisitos de ley.
Por unanimidad, los ministros rechazaron los amparos de las empresas trasnacionales en los que planteaban más de 130 argumentos que para la colectividad del maíz “eran huecos, contradictorios y falaces”.
En un comunicado, la agrupación Demanda Colectiva Maíz calificó la decisión de histórica porque ratifica la medida precautoria que ha protegido a los maíces nativos del país.
Recordó que desde 2013, la medida precautoria impulsada por la Demanda de Acción Colectiva contra la Siembra de Maíces Transgénicos, ha detenido las solicitudes de permiso para sembrar maíces transgénicos en México.
En respuesta, dijo que las empresas PHI, Dow, Syngenta y la actual Bayer-Monsanto presentaron decenas de impugnaciones y prefirieron no realizar investigación alguna en el país para demostrar la ausencia de riesgos.
“Esta decisión es trascendental para la preservación de los maíces nativos y la milpa, pero también para el sector apícola y para las abejas mismas, como parte de la biodiversidad, que han sido severamente afectadas por el ingreso de los transgénicos como la soya y el maíz, al igual que el uso de agrotóxicos como el glifosato”, señaló el colectivo.
También consideraron que la unanimidad de la decisión “reitera la validez de los argumentos presentados por la Colectividad Demandante, a favor de los derechos colectivos, de comunidades campesinas e indígenas y de las personas consumidoras de maíz”.
Además de sentar un precedente para demandas de acción colectiva en curso y futuras.
“Si bien la resolución de la SCJN es para festejar, es preciso advertir que los fallos judiciales no garantizan que en la realidad se cumplan”, expusieron.
Señalaron que sin un estado de derecho que garantice el cumplimiento de las sentencias judiciales, “los daños no podrán ser evitados, como ha sido el caso en la Península de Yucatán, donde a pesar de las prohibiciones de la Suprema Corte, la soya e incluso el maíz transgénico se siembran de manera ilegal e impune”.
El colectivo celebró la decisión de la SCJN pero informó que el juicio principal continúa.
“Aún nos queda un largo camino por recorrer para lograr la prohibición definitiva de maíces transgénicos en México, acción que garantizará la preservación y protección de los maíces nativos, de la milpa, de los derechos de campesinas y campesinos a un medio ambiente sano, y los derechos humanos vinculados”, finalizaron.