No existe manera de saber si el dinero se usó para ese fin ya que la información no se encuentra en la plataforma de transparencia 


Los diputados locales gastaron el año pasado 103 millones 987 mil 476 pesos -el 46.9 por ciento del presupuesto para remuneraciones y 37.3 por ciento del presupuesto total- en atención ciudadana, un rubro que no está contemplado en la constitución política estatal ni en el reglamento interior del Congreso pero que forma parte del “desempeño de sus actividades”.

No existe manera de saber si el dinero se usó para ese fin ya que la información no se encuentra en la plataforma de transparencia de la LXIII Legislatura. Algo que recalcar es que la ley no obliga a presentar comprobantes de gastos para atender a los ciudadanos de sus respectivos distritos.

De acuerdo con información del Censo Nacional de los Poderes Legislativos que presenta este martes el Inegi, solo 14 Congresos locales destinaron recursos para la atención ciudadana aunque ninguno gastó más del 15 por ciento de su presupuesto a excepción de Tlaxcala, que gastó tres veces más que el monto para remuneraciones.

Los congresos que gastaron en este rubro son Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Ciudad de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Quintana Roo y Sonora.

Según el Capítulo IV de la Constitución Política del Estado, son 61 las facultades del Congreso de Tlaxcala y en ninguna menciona que los diputados locales eroguen del gasto público para atención ciudadana; del mismo modo, la Ley orgánica del Poder Legislativo tampoco contempla la obligación de los diputados para el rubro de atención ciudadana.

Solo la fracción IV del artículo 26 refiere a la gestión ciudadana. En el desglose del gasto, los diputados de la pasada legislatura además de que recibieron remuneraciones por 33 millones 668 mil 839 pesos, 22 millones 642 mil 856 pesos para gestión parlamentaria, 35 millones 652 mil 14 pesos para asistencia legislativa y gastaron 103.9 millones de pesos para atención ciudadana.