Los magistrados federales confirmaron la sentencia del TET al señalar que los criterios de colocación no era arbitrarios ni con intención de obstaculizar la participación ciudadana.


La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la posición de los emblemas de partidos políticos, candidaturas comunes, coaliciones y candidatos independientes en la boleta electoral para elegir diputados locales.

En sesión ordinaria los magistrados señalaron que los partidos que impugnaron, de la Revolución Democrática (PRD) y Alianza Ciudadana (PAC), no presentaron los argumentos necesarios para comprobar que la colocación de los emblemas violaba los principios de equidad y certeza.

Señalaron que, en todo caso, la posición no influye en el sentido de la votación, toda vez que en la boleta electoral aparecen todas las opciones, además de que su distribución cumple con el criterio de colocación de acuerdo al tiempo de registro de cada partido político.

En mayo el PRD y el PAC impugnaron el acuerdo emitido por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) sobre la segunda posición en la boleta de la candidatura común encabezada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), lo que inducía a la parcialidad el día de la votación, señalaron.

Sin embargo, los magistrados de la Sala Regional confirmaron la sentencia dictada el 1 de junio por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) en el sentido de que la determinación adoptada no es injustificada, arbitraria ni tiene la intención de obstaculizar o impedir la participación ciudadana.

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