Se trató de un conflicto extracomunitario, pues no cumplieron con las bases de su propia convocatoria.
La Sala Regional de Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) corrigió al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) y determinó este jueves anular el proceso plebiscitario de la junta auxiliar de Santa Cruz Huitziltepec, en el municipio de Molcaxac, así que se deberá repetir.
Esto tras determinar en sesión virtual que la Comisión Plebiscitaria del municipio fue omisa al no publicar una convocatoria en lengua náhuatl y por realizar un proceso que no se apegó a los usos y costumbres de la población.
Aunque los resultados de este proceso electoral fueron controvertidos ante el TEEP, este confirmó los resultados sin aplicar una perspectiva pluricultural de los agravios denunciados por las personas inconformes que demandaban participar en los plebiscitos.
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“El Tribunal local no se allegó de los elementos necesarios para determinar si en la elección de la junta auxiliar existía o no un sistema normativo interno que estableciera reglas sobre la forma en que se realizaría el proceso plebiscitario, pues dejó de acudir a las fuentes adecuadas para valorarlo, en particular, al detectar que el conflicto era extracomunitario”, señala la resolución del juicio SCM-JDC-54/2022, promovido por Constantino Franco López Torres.
Por otra parte, en la junta auxiliar de San Luis Temalacayuca, se revocó el acuerdo del TEEP que ordenaba al ayuntamiento de Tepanco de López realizar otro proceso plebiscitario, tras presuntamente no cumplir con las bases de su propia convocatoria.
Sin embargo, la Sala Regional evidenció que no hubo un análisis con perspectiva intercultural por parte del TEEP para la resolución de impugnaciones, pues se trató de un conflicto extracomunitario, por lo cual no deben repetir el proceso.