Siete ministros consideraban darle más poder a CFE como un acto contrario a la libre competencia económica y la energía verde.

La Ley de la Industria Eléctrica impulsada por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador resistió a su paso por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Luego de casi seis horas de discusión, el pleno del máximo tribunal desestimó la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición, la Comisión Federal de Competencia Económica y el gobierno de Colima.

Ninguno de los 10 artículos impugnados alcanzó la votación suficiente de ocho votos para invalidarse y solo tres artículos se quedaron a un voto de ser declarados inválidos, entre ellos el referente al peso preponderante de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), considerado por una mayoría de siete ministros como un acto contrario a la libre competencia económica y la energía verde.

En contraste, el pleno de la SCJN validó los artículos 4, fracción I; 12, fracción I; 35, párrafo primero, y 108, fracción V. Entre estos, de manera contundente, se desechó que las reformas a esta ley violen el Tratado de Libre Comercio México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC), uno de los principales argumentos de sus críticos.

Respecto al apartado que privilegia a la CFE sobre el sector privado para el despacho de energía, siete ministros que se pronunciaron por la invalidez argumentaron que esta reforma de ley vulnera el libre mercado al dar prioridad a las centrales de la CFE en el despacho de energía.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo argumentó que la ley otorga más beneficios a las centrales eléctricas legadas, pues permite las celebraciones de contratos con compromiso de entrega física. “Desde mi punto de vista es un escenario de falta de competencia”, enfatizó.

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En el mismo sentido se pronunció el ministro Luis María Aguilar, con argumentos similares a los de Norma Lucía Piña, Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez, Juan Luis González Alcántara y Alberto Pérez Dayán.

La ministra Ríos Farjat advirtió que “se está imponiendo, desde esta norma, un privilegio que, quizá, tienda a fortalecer a la empresa productiva del Estado; el problema es que lo hace a partir de dejar en un permanente segundo lugar a las energías limpias”.

Alberto Pérez Dayán fue enfático al asegurar que las reformas a esta ley transgreden “directamente” el régimen constitucional del mercado eléctrico.

En contraste, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, manifestó: “En su conjunto, las modificaciones implementadas por el legislador en relación con el nuevo sistema de despacho y adquisición de energía eléctrica cumplen con esta grada, en tanto se dirigen a cumplir, en algún grado y en alguna medida, los objetivos propuestos por el legislador sin que exista evidencia en sentido contrario”, explicó.

Antes, la ministra Yasmín Esquivel Mossa anunció su apoyo a favor del proyecto de la ponente, Loretta Ortiz. Por su parte, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena sostuvo que las reformas no violan los artículos impugnados y enumeró cuatro razones.

Primero, no impiden la participación de los particulares en el mercado de generación de energía eléctrica; segundo, no desnaturalizan a la CFE y no la blindan de competir con los particulares; tercero, no excluyen a las energías limpias de los requisitos que deben cumplir los agentes económicos; cuatro, las nuevas figuras de modelo de costos unitarios, contratos de cobertura y prioridad de acceso de centrales legadas y legadas externas superan un estándar de escrutinio ordinario”.

La ministra Loretta Ortiz desde su proyecto de sentencia ya se había pronunciado por rechazar las impugnaciones.

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