La iniciativa no reconoce a las universidades particulares en los derechos que tienen como administradores, excepto para el tema de impartir en sus diversos tipos y modalidades el tema de la educación.
Aunque el Consorcio Universitario destaca el concepto humanista que tiene la iniciativa de Ley de Educación del Estado de Puebla como eje primordial, considera que propone algunas “obligaciones excesivas” e incrementa atribuciones de supervisión y vigilancia a la autoridad en planteles y programas, por lo que afecta principios de “certeza jurídica, simplificación y equidad entre las instituciones”.
El proyecto del gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta ha sido enviado al Congreso local y el CU tomó la decisión de realizar un análisis de su contenido; “las instituciones particulares de educación, específicamente las del Estado de Puebla, somos aliadas de los gobiernos estatal y federal en la ardua tarea de impartir educación a toda la población”, recordó, de entrada.
Y prosigue con que “la iniciativa presenta disposiciones de carácter general que no reconocen a los particulares ningún derecho, excepto el de impartir educación en sus diversos tipos y modalidades”.
Ley de Educación en Puebla: requerimos del diálogo @CongresoPue para construir un marco jurídico que posibilite una educación de calidad, innovadora, socialmente responsable y promotora de la dignidad de la persona.
Análisis del #ConsorcioUniversitario: https://t.co/CudQc2TMQs— Emilio J. Baños (@RectorUPAEP) May 14, 2020
En este tenor, señala la idea de establecer obligaciones excesivas, como que “los colores que se utilicen en los inmuebles destinados al servicio público educativo serán de color neutro”.
Además, “vulnera el derecho de autogestión y decisión sobre el destino de los recursos obtenidos lícitamente por las instituciones particulares” y “afecta también el derecho a la obtención y gestión lícita de recursos”.
Respecto a bienes muebles, considera que vulnera el principio de legalidad y abre el paso a la incertidumbre jurídica y, por tanto, en estado de indefensión; a parte que contraviene el principio de libertad académica al establecer que, los reconocimientos de validez oficial de estudios “se otorgarán cuando los solicitantes cuenten con planes y programas de estudio que la autoridad otorgante considere procedentes”.
Por lo anterior, recuerda que para “ofrecer una educación de calidad sólo es posible en un entorno normativo abierto y en un marco de libertades que permitan a las instituciones particulares de educación centrar su labor en el trabajo académico y la mejora permanente, y no en la gestión burocrática y el cumplimiento de normas excesivas”.
Para rematar, el Consorcio Universitario, compuesto por Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (Upaep), Universidad de las Américas Puebla (Udlap), Universidad Iberoamericana de Puebla (Ibero), Universidad Anáhuac y Universidad Madero (Umad), “hacemos un llamado a un diálogo incluyente en pos de la mejora de la calidad, la pertinencia social y una perspectiva humanista, en favor de estudiantes, sus familias y la sociedad”.