En 2019 la autoridad judicial dejó sin efectos los elementos probatorios contra la imputada, por lo que quedó en libertad; sin embargo, la PGJE impugnó dicha resolución obteniendo la orden de reaprehensión.


Resultado de estrategias jurídicas y procesales del grupo de agentes del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), se logró la reaprehensión de Lucía N., quien cuenta con un proceso en su contra por el delito de secuestro agravado ocurrido en 2014.

De acuerdo a los hechos que obran dentro de la indagatoria, la imputada participó en el secuestro de su esposo, por lo que fue aprehendida en el año señalado y remitida al Anexo Femenil del Centro de Reinserción Social (Cereso) de Apizaco, donde estuvo en prisión de 2014 a 2019.

Sin embargo, el Poder Judicial determinó dictar auto de libertad por falta de elementos probatorios en contra de la imputada.

No obstante, durante el procedimiento el Representante Social adscrito a la PGJE aportó diversas periciales en materia de psicología, criminología, trabajo social y criminalística de campo, a fin de determinar la responsabilidad de la conducta de la acusada; además, solicitó la re aprehensión correspondiente.

Producto de estos actos procesales, la autoridad jurisdiccional decretó la reaprehensión de Lucía N., por lo que el área de inteligencia de la Fiscalía Especializada en Investigación del Delito de Secuestro (FECS) logró establecer su ubicación en el estado de Puebla.

Por ello, los oficiales se trasladaron a dicha entidad, donde a través de un oficio de colaboración con la Fiscalía General del Estado de Puebla, capturaron a la imputada; de esta manera, fue certificada medicamente y remitida nuevamente al Anexo Femenil del Centro de Reinserción Social (Cereso) de Apizaco, donde enfrentará su situación legal.

Con estas acciones, la Procuraduría General de Justicia del Estado cumple su compromiso de agotar todas las etapas procesales y los recursos legales a su alcance, con el propósito de brindar certeza jurídica a las víctimas de los delitos.

Por

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *