Es importante señalar, que previo a la emisión de esta Recomendación, el ayuntamiento de San Andrés Cholula, aceptó una propuesta de conciliación emitida por este Organismo.


La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla), emitió la Recomendación 4/2019 a la presidenta del Ayuntamiento de San Andrés Cholula, por acreditar hechos violatorios al derecho humano a la seguridad jurídica.

Del análisis de los hechos y evidencias que integran el expediente 7058/2017 y su acumulado 2600/2018, se cuenta con elementos suficientes para acreditar la violación al derecho humano a la seguridad jurídica, toda vez que personal del ayuntamiento de San Andrés Cholula fue omiso al no dar solución a la falta de acceso al predio del ciudadano, ubicado en la junta auxiliar de San Bernardino Tlaxcalancingo, el cual se encuentra enclavado entre otros predios sin salida a la vía pública, pese a que la autoridad señalada es propietario de uno de los predios colindantes.

Es importante señalar, que previo a la emisión de esta Recomendación, el ayuntamiento de San Andrés Cholula, aceptó una propuesta de conciliación emitida por este Organismo, sin que a la fecha se haya dado su cumplimiento.

Por lo descrito, para esta Comisión quedó acreditado la violación al derecho humano a la seguridad jurídica, por tal motivo se procedió a recomendar lo siguiente:

I. Se instruya para que a la brevedad se realicen las acciones jurídicamente procedentes, a fin de iniciar el procedimiento administrativo de orden público que corresponda, para restituir el paso al predio señalado.

II. A fin de evitar la repetición de actos y omisiones como los señalados, deberá emitir una circular a los servidores públicos del Ayuntamiento de San Andrés Cholula, para que se abstengan de realizar acciones y omisiones que contravengan la legislación mexicana y Tratados Internacionales de los derechos humanos, sobre todo los que estén relacionados con la seguridad jurídica.

III. De continuidad al expediente de seguimiento iniciado en la Contraloría Municipal de San Andrés Cholula, a fin de determinar sobre la posible responsabilidad administrativa en que hayan incurrido los servidores públicos que participaron en los hechos.

IV. Colabore ampliamente con la Fiscalía General del Estado de Puebla, para la debida integración de la carpeta de investigación, a fin de determinar la responsabilidad penal en que haya incurrido personal del Ayuntamiento de San Andrés Cholula que participó en los hechos.

Finalmente, cada punto recomendatorio debe ser acreditado, por la autoridad señalada, su debido cumplimiento ante este organismo autónomo.

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