El Gobierno de Puebla, a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas (SPF) ofrece un 40% de descuento en el pago de las multas emitidas por autoridades administrativas, lo cual se podrá hacer efectivo entre el 1 de enero al 18 de diciembre de 2025.
Según el Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE), y firmado por la titular de la SPF, Josefina Morales Guerro estos beneficios fiscales en materia de multas impuestas por autoridades administrativas del Estado, no aplican para: Poder Judicial del Estado; Poder Legislativo del Estado; Instituto Electoral del Estado; Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, en materia de incumplimiento a los Programas de Verificación Vehicular Obligatoria; Secretaría de Seguridad Pública, provenientes de sanciones por infracciones captadas por cualquier dispositivo o medio tecnológico. (fotomultas); así como para Organismos Públicos Descentralizados.
En el Acuerdo se señala que esta medida busca incentivar el cumplimiento y la regularización de la situación fiscal de los contribuyentes en los diferentes órdenes de Gobierno, así como para actualizar y depurar el Registro Estatal de Contribuyentes en el Subsistema de Control y Seguimiento de créditos, y facilitar el pago de los adeudos.
Se precisa que el descuento de 40% se aplica a multas recibidas para su cobro en el ejercicio fiscal 2024 y anteriores, a excepción de los conceptos arriba enlistados. Las personas físicas o morales que tengan adeudos por estos conceptos, podrán gozar del beneficio a que se refiere el numeral anterior, realizando en una sola exhibición el pago de la parte no reducida de la multa actualizada.
El pago de la parte no reducida podrá realizarse a través del Portal de Pagos en Línea de la Secretaría de Planeación y Finanzas; salvo en los casos en que el propio sistema indique que debe acudir ante la autoridad ejecutora. Los deudores invariablemente deberán efectuar el pago de los gastos de notificación y de ejecución que en su caso procedan.
Se aclara que, en los casos en que el deudor haya interpuesto algún medio legal de defensa en contra de los adeudos susceptibles de reducir, para obtener el beneficio que establece el presente Acuerdo, el interesado deberá 4 (Novena Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Martes 31 de diciembre de 2024 exhibir ante la autoridad fiscal del Estado que controle su adeudo, el acuse del desistimiento presentado ante la autoridad competente.
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