Coronango es la localidad que reporta el mayor número de motocarros con al menos 50 unidades.

Aunque los mototaxis son considerados ilegales en Puebla, continúan operando en algunos municipios de la entidad, tal es el caso de la capital, Coronango, Cuautlancingo –específicamente en San Lorenzo Almecatla– así como en Acatzingo y Tepeaca.

Este tipo de transporte fue declarado en 2011 como ilegal en territorio poblano.  En ese entonces se calculaba la presencia de más de 8 mil unidades en 22 municipios, por lo que las autoridades iniciaron fuertes operativos para su retiro.

Posteriormente, iniciaron un programa para el cambio de mototaxis por vehículos compactos, que operarían como taxis colectivos dentro de cada municipio con un costo de hasta 15 pesos por persona, pues la demanda de usuarios era alta, ya que carecían de transporte público.

Sin embargo, fueron varios los colectivos de mototaxistas que resistieron los operativos de la administración morenovallista y que con los cambios de gobierno permanecieron, pero con una flotilla disminuida.

Coronango y junta auxiliar de Puebla con 50 motocarros operando 

En la zona conurbada, Coronango es la localidad que reporta el mayor número de motocarros con al menos 50, que operan en la cabecera municipal y sus juntas auxiliares.

Mientras que, el accidente ocurrido la tarde del sábado en La Resurrección, donde un mototaxi se estrelló con una barda dejando como saldo la muerte de cuatro personas, entre ellas una niña de cuatro años, evidenció la presencia de unas 50 unidades de este tipo en esta junta auxiliar de la capital poblana.

Lo anterior, pese a que en marzo de 2020 el Congreso de Puebla aprobó las sanciones en contra de los dueños del transporte público, taxis y grúas que operen sin concesión o permiso correspondiente.

En Puebla se castiga con 10 años a dueños de unidades piratas

La reforma al artículo 190 BIS del Código Penal, enviada por el gobernador Miguel Barbosa Huerta, establece penas de hasta 10 años de prisión para quien sea dueño de unidades piratas de trasporte público, servicio mercantil, de arrastre o corralón de vehículos.

El artículo señala que la pena por este delito será de 8 meses a 6 años de cárcel, pero la pena se incrementará entre 2 y 4 años cuando los responsables del delito sean concesionarios o permisionarios.

Además, se sanciona con el decomiso del vehículo utilizado en la comisión del delito, así como la suspensión de 1 a 10 años o cancelación definitiva de la licencia de conducir.

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