Garantizan que nadie gane más que AMLO. En un oficio, la SFP y la SHCP advierten que son de observancia obligatoria durante 2019.


Mediante un oficio conjunto de las secretarías de la Función Pública (SFP) y de Hacienda y Crédito Público (SHCP) se notificó a todas las dependencias del gobierno federal el tabulador de sueldos y salarios brutos atribuibles para 2019 a todos los cargos públicos, desde el Presidente de la República.

La medida se aplicó a fin de garantizar que ningún funcionario obtenga percepciones por arriba del ingreso del presidente Andrés Manuel López Obrador. Conforme al oficio conjunto, los ingresos de López Obrador serán en bruto de 155 mil 835 pesos al mes. Integrados por 43 mil 442 pesos de salario base y 112 mil 393 pesos de compensación garantizada. “El tabulador de sueldos y salarios de 2019 –enfatiza el oficio– es de observancia obligatoria a partir del primero de enero de 2019.”

Se estipula que las disposiciones son aplicables para las dependencias, incluidos sus órganos administrativos desconcentrados, la Oficina de la Presidencia de la República, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los tribunales administrativos, así como para las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.

Incluso se anticipa que la próxima Fiscalía General de la República deberá adecuarse a las mismas disposiciones salariales.

De acuerdo con el tabulador distribuido a las dependencias, en un segundo plano, después del Presidente, el salario bruto será de 154 mil 365 pesos –34 mil 967 de salario base y 119 mil 398 de compensación garantizada–, es decir, apenas mil 470 pesos por abajo de López Obrador.

En un tercer rango, el salario establecido por ley alcanzará los 153 mil 140 pesos, o sea, 2 mil 695 pesos abajo del mandatario federal. El oficio acota: “en el importe del sueldo base no están incluidas la prima vacacional y otras prestaciones económicas, por lo que éstas deberán calcularse y ser otorgadas en razón de lo estipulado en el Manual de percepciones de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la administración pública federal.

La SFP señaló que con el referido oficio se confirma que la política de austeridad del nuevo gobierno se refleja en el tabulador salarial, lo que permitirá que juntocon otras acciones se puedan generar ahorros para que los recursos de todos se destinen a los programas prioritarios para el desarrollo.

En el documento girado se destaca que la unidad de política y control presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de la Función Pública realizarán las acciones conducentes y emitirán las disposiciones específicas de carácter administrativo que permitan a las dependencias y entidades aplicar el tabulador de sueldos y salarios. De acuerdo con el tabulador distribuido a las dependencias, en un segundo plano, después del Presidente, el salario bruto será de 154 mil 365 pesos –34 mil 967 de salario base y 119 mil 398 de compensación garantizada–, es decir, apenas mil 470 pesos por abajo de López Obrador.

En un tercer rango, el salario establecido por ley alcanzará los 153 mil 140 pesos, o sea, 2 mil 695 pesos abajo del mandatario federal. El oficio acota: “en el importe del sueldo base no están incluidas la prima vacacional y otras prestaciones económicas, por lo que éstas deberán calcularse y ser otorgadas en razón de lo estipulado en el Manual de percepciones de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la administración pública federal.

La SFP señaló que con el referido oficio se confirma que la política de austeridad del nuevo gobierno se refleja en el tabulador salarial, lo que permitirá que juntocon otras acciones se puedan generar ahorros para que los recursos de todos se destinen a los programas prioritarios para el desarrollo.

En el documento girado se destaca que la unidad de política y control presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de la Función Pública realizarán las acciones conducentes y emitirán las disposiciones específicas de carácter administrativo que permitan a las dependencias y entidades aplicar el tabulador de sueldos y salarios.

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