La Comisión de Derechos Humanos presentó el estudio sobre la intervención de autoridades del trabajo en la prevención de tales delitos


Puebla se ubica entre las seis entidades del país que fueron omisas y se negaron a responder a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre las acciones de vigilancia o inspecciones que se llevan a cabo sobre la explotación laboral y trata de personas contra las familias dedicadas al trabajo agrícola.

Así lo revela el Estudio sobre la intervención de las Autoridades del Trabajo en la prevención de la trata de personas y la detección de posibles víctimas en campos agrícolas iniciado por la dependencia tras el cambio de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas a Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, que fue presentado este viernes.

Para la realización del estudio se solicitó información a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a las 32 Autoridades del Trabajo del país, sobre las acciones que realizan desde las atribuciones que se enmarcan en la legislación laboral, y a partir de las obligaciones establecidas en las normas internacionales y nacionales en materia de trata de personas.

El estudio detectaría el ejercicio de las autoridades en las acciones que se llevan a cabo desde las autoridades para la prevención de la trata de personas; la detección de posibles víctimas en campos agrícolas;  la cooperación interinstitucional y  la capacitación a las y los inspectores del trabajo.

De las 32 solicitudes de información sólo 21 autoridades dieron respuesta, en 6 entidades federativas que se negaron a responder por omisión o por no tener acciones que reportar, entre ellas Puebla, Michoacán, Estado de México, San Luis Potosí, Sinaloa y Zacatecas, esto pese a que según el estudio concentran el 32.1 por ciento de las personas ocupadas como trabajadores y trabajadoras agrícolas.

De las autoridades que sí respondieron, el 71.4 por ciento asegura haber realizado inspecciones, sin embargo, no proporcionan información respecto a la manera en que se verifica la inexistencia de posibles víctimas de trata de personas.

Al preguntarles sobre el registro de la población jornalera que llevan, en especial, la de adolescentes, 16 de las 33 autoridades del trabajo no respondieron o señalaron no contar con algún registro; las restantes dicen tener registros de la población o de los ejidos, pero en ningún caso se cuenta con una desagregación por edad.

Sobre las acciones de protección a niños, niñas y adolescentes en condiciones de vulnerabilidad localizados en predios agrícolas, aunque 21 autoridades del trabajo reportaron acciones, 12 no informan o no llevan actividad alguna al respecto.

No realizan operativos ni acciones en campos agrícolas

Sobre las inspecciones realizadas en campos agrícolas el estudio destaca que sólo 11 autoridades del trabajo no informaron o no realizaron inspecciones ordinarias o extraordinarias en los centros de trabajo rurales registrados.

El segundo, es que reportan en mayor proporción inspecciones extraordinarias lo que disminuye la capacidad de implementar acciones preventivas en los campos agrícolas, mediante la promoción y vigilancia de la legislación laboral.

Y pese a las precarias condiciones laborales y de alojamiento de las y los jornaleros, las cuales están detectadas en las estadísticas oficiales, informes de la sociedad civil y notas periodísticas, solo 9 de las autoridades laborales reportaron haber detectado incumplimientos derivados de las inspecciones realizadas a los centros de trabajo rurales. “Esto debe considerarse sumamente grave, dado que la verificación de las condiciones de trabajo y alojamiento de las familias jornaleras contribuye a la detección de posibles casos de trata de personas”.

El estudio destaca que las Autoridades del Trabajo ignoran o actúan bajo la inercia de las costumbres de las regiones donde operan “enganchadores”, quienes tras hacer una oferta de trabajo a grupos de jornaleras y jornaleros indígenas, se encargan de sus traslados, que se dan en condiciones peligrosas la mayor parte de las veces, de sus alimentos, insuficientes y de mala calidad, de las zonas de pernocta, indignas e insalubres, de su nula seguridad y su retorno a lugares de origen, en condiciones de hacinamiento, sin que ninguna autoridad supervise la actuación de tales “contratistas” y/o patrones.

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