Se presentó el procedimiento para que los ciudadanos puedan presentar denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia.
En el marco de la segunda sesión ordinaria del Consejo Consultivo del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIPUE), se presentó la estadística de denuncias ciudadanas por incumplimiento, que con corte al 30 de abril, suman 340, de las cuales 278 ya han sido resueltas.
De las denuncias resueltas, se han declarado 172 fundadas, 1 sobreseída, 2 infundadas, además de 103 desechadas. Según estás cifras, 30.2 por ciento de las quejas no prosperaron.
Por su parte, los consejeros se pronunciaron por participar en actividades que permitan la difusión de los mecanismos que tiene la ciudadanía para ejercer la transparencia, así como el derecho de acceso a la información pública.
También en el Pleno integrado por los Comisionados Gabriela Sierra Palacios, Marcela Carcaño Ruiz y Carlos Loeschmann Moreno, desglosaron el procedimiento de la denuncia ciudadana por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, ante los consejeros Alberto Carlos González Ahuactzin y Erick Raúl Walton Bahena.
En este sentido, la titular de la Unidad de Transparencia del Instituto precisó que cualquier persona, por sí misma o a través de su representante, y en cualquier momento podrá denunciar la falta de publicación o de actualización de las obligaciones de transparencia, previstas en los artículos 77 a 95 de la Ley Estatal por parte de los sujetos obligaciones; por escrito, directamente en la oficialía de partes del Instituto, a través de la Plataforma Nacional o por el medio electrónico disponible.
El coordinador general Jurídico explicó el proceso del análisis de la denuncia para determinar su admisión, prevención o desechamiento, dentro del cual participa la Coordinación General Ejecutiva, quien realiza la verificación del cumplimiento a las obligaciones de transparencia.
Respecto a las resoluciones, informaron que el Pleno las puede declarar fundadas, infundadas o sobreseerlas y estas determinaciones son definitivas e inatacables para los sujetos obligados, se deben cumplir dentro de los 15 días siguientes y su impugnación se realizará ante el Poder Judicial de la Federación.