reformaFoto: Especial

En una sesión realizada en una sede alterna durante la madrugada, la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen con proyecto de decreto de reforma al Poder Judicial.

La votación se llevó a cabo con una mayoría calificada de 359 votos a favor, 135 en contra y cero abstenciones.

El diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna, quien fungió como presidente de la Mesa Directiva, informó que para la discusión en lo particular se presentaron propuestas de modificación a todos los artículos del proyecto de decreto y a todos los artículos transitorios.

En el transcurso de la madrugada, trabajadores de juzgados y tribunales federales bloquearon los accesos al Palacio Legislativo de San Lázaro para impedir la discusión de la reforma. Ante esta situación, las fracciones legislativas de la llamada cuarta transformación decidieron trasladar la sesión al Salón de Armas de la Magdalena Mixhuca.

La sesión, convocada por la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, comenzó a las 4 de la tarde y se extendió durante once horas.

Los diputados de oposición, principalmente del PAN, participaron en la sesión con reservas, argumentando que esta no debería haberse realizado debido a la existencia de dos órdenes de suspensión emitidas por jueces de distrito, las cuales, según sus afirmaciones, impedían la discusión de la reforma judicial.

El diputado Sergio Gutiérrez Luna, coordinador de la Mesa Directiva, fue instado por los legisladores del PAN a reconocer la existencia de estos amparos para dejar constancia del mandato judicial.

Pese a las protestas de la oposición, la mayoría oficialista aprobó el proyecto de reforma en lo general, mientras que la discusión en lo particular aún está pendiente.

El dictamen aprobado establece, entre otros puntos, la elección por voto popular de magistrados de Circuito, jueces de Distrito y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en un proceso que será organizado por el Instituto Nacional Electoral.

Asimismo, se reduce el número de ministros de la SCJN de 11 a 9, con un mandato de 12 años. También se fija un plazo máximo de seis meses para que las autoridades competentes emitan sentencias, con la obligación de justificar ante el Tribunal de Disciplina Judicial o el Órgano Interno de Control en caso de no cumplir con dicho plazo.

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