Los gobiernos estatales y municipales deberán adecuar sus leyes y reglamentos de acuerdo con la nueva disposición.

Este viernes entra en vigor la reforma aprobada en diciembre de 2021 por el Congreso que prohíbe realizar toda forma de publicidad de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, mediante cualquier medio de comunicación

La Secretaría de Salud publicó ayer en el Diario Oficial de la Federación los cambios a la Ley General para el Control del Tabaco en donde además de restringir la promoción del tabaco, también establece como espacios 100 por ciento libres de humo de cigarro los centros de trabajo, escuelas, áreas de acceso público, instalaciones deportivas, entretenimiento y en el transporte.

De igual forma, se agrega que podrán existir espacios únicamente para fumar, los cuales deberán localizarse solamente en lugares al aire libre de conformidad con las disposiciones que establezca la Secretaría.

La Secretaría de Salud ha informado que los fumadores tienen más posibilidades que las personas no fumadores de ser más vulnerables ante un contagio de COVID-19.



El tabaquismo cobra la vida de 43 mil mexicanos cada año por problemas cardiacos y diferentes tipos de cáncer que genera el consumir constantemente estos productos.

Las patologías son provocadas por la inhalación de humo de tabaco, el cual comprende más de siete mil sustancias químicas, de ellas aproximadamente 70 son cancerígenas.

Los no fumadores, conocidos como fumadores pasivos, también corren riesgo de enfermarse o padecer cáncer de pulmón.

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