La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó este miércoles 6 de septiembre la despenalización del aborto a nivel federal, lo que obliga a las instituciones de salud pública a brindar el servicio a toda mujer y persona con capacidad de gestar.
El proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat se aprobó por unanimidad por el pleno de la Corte y fue concluyente al señalar que los apartados del Código Penal Federal que criminalizan el aborto ya no tendrán efectos.
Con este fallo se ordena al Congreso de la Unión a eliminar el delito de aborto del Código Penal Federal, toda vez que este era usado por las instituciones de salud en los estados donde ya estaba despenalizada la interrupción del embarazo para negar el servicio a las personas usuarias.
Además, todas las instituciones de salud pública federal ─incluido el IMSS, el ISSSTE y Pemex─ están obligadas a garantizar el servicio a mujeres y personas gestantes.
De igual manera se protege al personal de salud que practique un aborto consentido por la persona usuaria.
La sentencia se dictó luego de que la organización civil GIRE presentó un amparo en contra del Congreso de la Unión y del Poder Ejecutivo por haber emitido una regulación que criminaliza el derecho al aborto.
GIRE explicó que para su recurso de amparo usó como base la sentencia que la Suprema Corte emitió en 2021 con respecto a la declaratoria de inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal de Coahuila.
Desde entonces, organizaciones civiles y activistas vieron dicho fallo como una puerta de entrada hacia la despenalización a nivel federal.
Vía La Lista
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