El promocional señalado no está amparada en la libertad de expresión y podría constituir calumnia
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) que, en un plazo no mayor a 6 horas, a partir de la notificación formal, sustituya el promocional de radio y televisión denominado “Delincuentes”, pautado a nivel federal del 27 al 30 de mayo del año en curso, que bajo apariencia del buen derecho y de un análisis preliminar, contiene elementos aparentemente calumniosos en contra de Nestora Salgado García, candidata al Senado de la República por la Coalición “Juntos Haremos Historia”.
En sesión extraordinaria urgente, con el voto unánime de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Benito Nacif, la Comisión concedió la medida cautelar solicitada por MORENA, al determinar que el spot denunciado podría actualizar la figura jurídica de calumnia, toda vez que se hace la imputación directa y específica de un delito falso en perjuicio de la candidata mencionada, a quien se le llama secuestradora.
Se precisó que no media constancia o prueba alguna en el sentido de que Nestora Salgado haya sido condenada, mediante sentencia firme, por la comisión del delito de secuestro o privación ilegal de la libertad y, por el contrario, el quejoso ofrece pruebas para demostrar que ello no es así, específicamente dos ligas de internet que remiten a documentos almacenados en archivos PDF, en los que presuntamente se desestiman los cargos en contra de la ahora candidata.
Desde una óptica preliminar, se concluye que la afirmación contenida en el promocional señalado no está amparada en la libertad de expresión y podría constituir calumnia; además -se mencionó- la presunción de inocencia es un derecho fundamental que goza todo ciudadano al cual se le pretenda atribuir la comisión de algún ilícito en su contra.