El Senado aprobó por unanimidad, con 91 votos a favor, reformas a la Ley Federal del Trabajo en materia de home office.

En el esquema home office, los patrones deberán pagar el uso de internet, la luz y computadoras a sus empleados.

Así lo establece la reforma al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo, que fue aprobada anoche por el pleno del Senado, para dar forma a la figura del teletrabajo.

La minuta, que se generó en la Cámara de Diputados, establece para los patrones «obligaciones especiales» como proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios; asumir los costos derivados del servicio de telecomunicaciones y electricidad, e implementar mecanismos para preservar la seguridad de la información y datos.

Además, respetar el derecho a la desconexión de los trabajadores y capacitarlos en el uso de las tecnologías.

Las reformas señalan que las condiciones del trabajo a domicilio se harán constar por escrito mediante un contrato que, además de lo establecido en el artículo 25 de dicha ley, incluirá datos como domicilio de las partes, características del trabajo, el monto del salario, fecha, lugar y forma de pago, el equipo e insumos de trabajo entregados, así como las obligaciones en materia de seguridad y salud.

La figura del teletrabajo formará parte del contrato colectivo del trabajo y cuando no se cuente con uno, la modalidad será incluida en el reglamento interior.

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