Aunque todavía no hay una solicitud de licencia para dejar el cargo ni una negativa formal de la misma, el gobernador de Nuevo León, Samuel García, interpuso un juicio ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en contra de esa posibilidad que le impediría contender en su partido (Movimiento Ciudadano) por la candidatura presidencial.
El asunto tocó – por sistema de turno aleatorio- a la magistrada Mónica Soto, y el registro del expediente fue publicado en la página electrónica del TEPJF.
Los legisladores locales, opositores a Samuel García, han señalado – en expresiones públicas- que la Constitución de Nuevo León establece que el cargo de gobernador sólo es renunciable por causa grave que calificará el Congreso local.
En la ficha técnica del TEPJF se indica que fue abierto el expediente SUP-JDC-00457/2023 .
En el documento de apertura se lee:
“(Samuel García) Presenta escrito de demanda y anexos relativos al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, quien controvierte la declaración de interpretación de la normativa del estado de Nuevo León, en el sentido de la negativa en concederle licencia al ahora recurrente para poder competir en la selección interna del Partido Movimiento Ciudadano en la elección a la candidatura para el cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”.
La base argumentativa del inconforme, y que lo motiva a llevar el asunto al TEPJF es la siguiente:
“El actor refiere que presenta juicio para la ciudadanía, en vía, directa y excepcional, de acción declarativa, y ante la urgencia, la inescindible y consecuente tutela de mis derechos, al ser la única instancia judicial para conocer de temas vinculados a la elección de presidente, respecto de la concesión de la licencia (revisar si es válido el otorgamiento), el tipo de licencia (temporal), y los efectos inherentes de la misma (a partir de cuándo, que se respeten las condiciones inherentes a la misma, como que no pueden nombrar a otro gobernador como si él hubiera renunciado, y el derecho a su posible reincorporación)”.
En ese contexto, la magistrada Soto elaborará el proyecto de sentencia que en su momento será puesto a consideración del pleno de la Sala Superior del TEPJF cuyas resoluciones son definitivas e inapelables.
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