La reforma se presentará un día antes de que llegue el fiscal general de Estados Unidos, para tratar temas de seguridad.

Una amplia reforma del sistema judicial mexicano, propuesta por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, busca permitir la intervención de comunicaciones privadas como pruebas en los juicios y restringir el uso de amparos para evitar dilatar las extradiciones, según borradores obtenidos por la agencia de noticias Reuters de las iniciativas que se presentarán el miércoles en el Senado.

Además, las modificaciones pretenden homologar la legislación encargada de perseguir los delitos en un Código Penal Nacional para que pueda ser aplicado fuera de México, cuando se cometan en el extranjero pero produzcan efectos en territorio nacional o contra mexicanos, como un tiroteo en El Paso, Texas, donde fallecieron ocho connacionales.

La Fiscalía General y la Consultoría Jurídica de la Presidencia prepararon las nueve iniciativas con el objeto de enfrentar la crisis de inseguridad e impunidad que vive el país. Ninguna de las instituciones, ni la Presidencia, estuvieron inmediatamente disponibles para comentar.

Las reformas incluyen cambios a varios artículos de la Constitución en materia de procuración de justicia, un nuevo Código Penal Nacional, un nuevo Código de Procedimientos Penales, modificaciones a la Ley de Amparo, además de una modificación a la Ley de la Fiscalía General y su reglamento.

A fines de 2018, López Obrador asumió la presidencia de México con la promesa de combatir la corrupción y la inseguridad alimentada por el crimen organizado que ha cobrado la vida de decenas de miles de personas.

La reforma se presentará un día antes de que llegue a México el fiscal general de Estados Unidos, William Barr, para tratar con autoridades del país latinoamericano temas de seguridad, luego de recientes tensiones entre ambas naciones sobre cómo lidiar con los cárteles mexicanos de la droga.

¿MENOS AMPAROS, MÁS EXTRADICIONES?

La fracción IX del artículo 20 de la Constitución mexicana dispone la “nulidad” de “cualquier prueba obtenida con violación de derechos fundamentales” como las intervenciones de comunicaciones privadas sin autorización de un juez.

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