La reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
Diputadas y Diputados locales reformaron en sesión extraordinaria pública celebrada este jueves, la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala.
La adecuación aprobada por mayoría de votos, establece la temporalidad para que el Ejecutivo del estado pueda expedir la patente de notario titular cuando se haya declarado la ausencia, separación voluntaria o falta definitiva por fallecimiento o interdicción del profesional.
La redacción del último párrafo del artículo 49 de esa normatividad quedó de la siguiente manera:
“En caso de declaración de ausencia, separación voluntaria o falta definitiva por fallecimiento o interdicción del titular, el Notario Auxiliar sustituirá definitivamente al titular con igual capacidad de actuar; haciendo del conocimiento de la Secretaría este supuesto, para que, de no existir impedimento en términos de esta Ley, se solicite al Ejecutivo la expedición de la Patente de Notario titular.
«En estos casos el Ejecutivo contará con el término de un año para la expedición de la Patente de Notario Titular; de no cumplirse esta expedición en el término contemplado, la patente se cancelará automáticamente”.
La reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.