Declaran improcedente acuerdo para suspender la operación de la línea 3 del metrobús
En sesión pública virtual las y los integrantes de la Comisión de Transporte y Movilidad de la LX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla, aprobaron por mayoría, el Dictamen con Minuta de Decreto por el cual, se adiciona el artículo 51 Bis de la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla, para sancionar con la cancelación de la licencia de conducir y suspender su expedición hasta por 10 años a quien cometa o provoque un accidente vial por participar en competencias (arrancones) en las vialidades de la ciudad de Puebla, poniendo en riesgo la integridad de los usuarios que en ellas circulan.
En su oportunidad el diputado Armando García Avendaño, al participar en la discusión del tema, expuso que el propósito de la propuesta es muy noble, pero sugirió se revisara la redacción del documento, para evitar caer en acciones por encima de lo establecido en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, que en determinado momento los lleve a correr el riesgo de considerar la propuesta como inconstitucional.
Ruta 3
Aprobaron por mayoría el Acuerdo presentado por el diputado José Juan Espinosa Torres, para declarar improcedente el exhorto al Poder Ejecutivo Estatal, para suspender de inmediato la puesta en marcha de la línea 3 de Ruta, hasta en tanto se transparente toda la información al respecto.
Dentro de las consideraciones expuestas, se consideró improcedente luego de que la línea de transporte opera de manera normal y sin ningún contratiempo, de tal manera que, se giraron las instrucciones para archivar el Acuerdo considerándolo como concluido notificando a la Secretaría General de la determinación.
Concesiones a empresas de Grúas
Integrantes de la Comisión de Transporte y Movilidad, aprobaron por unanimidad, el Acuerdo por el cual, se exhorta al Titular de la Secretaría de Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado de Puebla, para que en uso de sus atribuciones legales, establezca el criterio de solicitar a todos los prestadores del servicio de arrastre y salvamento tipo grúa, publicar en lugar visible en sus unidades y en sus oficinas, las tarifas autorizadas para la prestación del servicio, siendo apercibidos que de no hacerlo, podrán ser revocadas sus concesiones; lo anterior, a efecto de que sean observadas públicamente por la ciudadanía, originando con ello, certidumbre legal entre los usuarios que requieren el servicio.
La propuesta es impulsada por el diputado, Arturo de Rosas Cuevas, quien en su exposición de motivos refirió que la finalidad es con el objetivo de terminar con abusos de parte de los concesionarios quienes tienen costos muy elevados por el servicio de arrastre y salvamento de una unidad.
Sanciones a quien encubra a conductores de transporte público que provoquen accidentes
En otro momento de la sesión aprobaron por unanimidad, el Acuerdo por el cual se exhorta al Titular de la Secretaría de Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado de Puebla, para que dé cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 86 de la Ley de Transporte, en el sentido de sancionar a los concesionarios o permisionarios cuando los conductores de sus unidades no tengan su licencia de conducir vigente, gafete de identificación y/o certificados procedentes.