Avalaron adicionar al artículo 407 Bis, del Código Penal, establecer el tipo penal de fraude familiar
En sesión pública virtual, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia de la LX Legislatura aprobó por unanimidad el Dictamen con Minuta de Decreto para derogar los artículos 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla.
La finalidad es suprimir la figura jurídica del oficial subalterno, ya que ante el cambio del Sistema de Justicia Penal resulta inoperante, por lo que se busca garantizar que los actores del proceso penal cuenten con la mayor capacitación, profesionalización y respeto a los derechos humanos, contribuyendo al principio de legalidad y fortalecimiento de las instituciones.
Asimismo, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobó el Dictamen con Minuta de Decreto para adicionar las fracciones XVII Bis y XX Bis al artículo 380 del Código Penal del Estado de Puebla.
El propósito de la iniciativa, presentada originalmente por la diputada Bárbara Morán Añorve, es agregar como agravantes al ilícito de robos, cuando estos sean de teléfonos celulares y cuando sean cometidos mediante el uso de una motocicleta.
En otro punto del orden del día, las y los integrantes del órgano colegiado aprobaron por unanimidad el Dictamen con Minuta de Decreto por el cual se adiciona el artículo 407 Bis al Código Penal del Estado de Puebla.
El objetivo del Dictamen es establecer el tipo penal de fraude familiar, para garantizar que la madre no sea la única persona que cargue con los gastos totales por la manutención de hijas o hijos ante una separación, explicó la diputada preopinante de la Iniciativa, Rocío García Olmedo.
Señaló que a través de las adiciones al Código Penal se evitará que se oculten los bienes del patrimonio familiar, los pongan a nombre de otras persona, cambien el nombre de las propiedades u oculten ingresos salariales, que evite que los cónyuges o concubinos se deslinden de las obligaciones de alimentos para sus hijas, hijos, protegiendo a las madres de familia.
En su intervención, la diputada Mónica Lara Chávez tras pronunciarse a favor del Dictamen, realizó una propuesta reformatoria para que en el texto se establezca que este tipo penal no se limite a las relaciones matrimoniales y de concubinato, sino que se establezca que:
“En detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio, el concubinato o relaciones de hecho, oculte, transfiera o adquiera a nombre de terceros bienes, se le aplicara sanciones de uno a cinco años de prisión y multa de 100 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de la comisión del delito”.