La Iniciativa de reforma al Código Penal fue aprobada por unanimidad en Comisión de Procuración y Administración de Justicia

En sesión de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia de la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Puebla, se aprobó, por unanimidad, reformas a diversas disposiciones al Código Penal, enviadas -por separado- por las diputadas Mónica Rodríguez Della Vecchia y Ruth Zárate Domínguez, con la intención de tipificar la violencia psicológica contra menores de edad y adultos mayores aumentando su sanción, para incentivar su protección y por ende su desarrollo personal, familiar y social.

De esta forma, se reformó la denominación de la Sección Primera del Capítulo Décimo Séptimo del Libro Segundo “Golpes y otras violencias” y el artículo 355 del Código Penal del Estado para quedar de la siguiente manera “Golpes y otras violencias físicas y psicológicas”.

Al hacer uso de la palabra, el diputado Eduardo Castillo López, celebró que se aplicara el principio de concentración tomando en cuenta que ambas iniciativas están relacionadas.

Expresó que con estas reformas se busca proteger a las personas menores de edad y a las adultas mayores que sufran violencia psicológica, que se trata de cualquier acto u omisión que daña la estabilidad psicológica de la víctima puede consistir en amenazas, negligencia, abandono, descuido reiterado, insultos, gritos humillaciones, marginación, entre otros, y que repercute de manera importante en el individuo.

Por su parte, la diputada Isabel Merlo Talavera refirió que la LXI Legislatura está marcando un antes y un después al preocuparse por legislar en contra de la violencia.

En otro momento de la sesión las y los diputados aprobaron el Proyecto de Acuerdo por el que se declaran improcedentes 30 Puntos de Acuerdo tunados a esta Comisión durante el periodo constitucional de la LX Legislatura porque han caducado y por ende quedado sin materia. En la sesión se contó también con la asistencia de los diputados Mariano Hernández Reyes y Yolanda Gámez Mendoza.

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