Los magistrados también determinaron retirar los juicios de protección de derechos a Eduardo Alfredo Villamil y Miguel Ángel Quechol Gómez
La Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), declaró improcedentes e inoperantes las quejas interpuestas por tres aspirantes a candidatos independientes contra los lineamientos del Instituto Electoral del Estado (IEE), para lograr el registro.
Durante la sesión ordinaria de este viernes, los magistrados determinaron retirar los juicios de protección de derechos 8/2018 de Eduardo Alfredo Villamil quien aspira a ser presidente municipal de Tehuacán por la vía independientes y 21/2018 de Miguel Ángel Quechol Gómez, quien busca la alcaldía de San Andrés Cholula,
También se aplicói la misma decisión para el juicio 19/2018 interpuesto por Iván Méndez Álvarez, quien aspira a encabezar el ayuntamiento de Huejotzingo, quien argumentó que era inconstitucional que se le requiriera que la asociación civil que lo respaldaría contará con inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y una cuenta bancaria, por lo que acusó que el Instituto Electoral del Estado (IEE) de Puebla no le dio prórroga para entregar su documentación y de aplicar un trato diferenciado hacia su persona al no darle la calidad de aspirante a independiente.
Los magistrados consideraron que es necesario que las asociaciones cuenten con RFC y cuenta bancaria, pues sirven para conocer el régimen fiscal al que pertenecen, además que ello fue aprobado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que resolvió la figura jurídica que deben constituir las candidaturas independientes y el régimen fiscal al que debían ceñirse.
Sesión pública 26 de enero de 2018 https://t.co/92Gq7uKqMm
— Sala Ciudad de Méx (@TEPJF_CDMEXICO) 26 de enero de 2018
Evidencian mala integración de juicios
En tanto, el juicio 24/2018 interpuesto vía «per saltum» por Pedro Gregorio Corona Ávila y Saraí Ramírez Alonso, quienes aspiraban a los distritos locales 8 y 18, fue desechado de plano, pues los magistrados señalaron que la fecha límite para que presentar su impugnación mediante salto de instancia era 26 y 29, pero la presentaron extemporáneamente hasta el 11 de enero.
Los magistrados electorales federales también declararon inoperante la queja 23/2018 de Miguel Ángel Quechol Gómez contra el acuerdo del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) en el que deja firme el lineamiento de 30 días como plazo para la recolección de firmas de apoyo ciudadano, pues señalaron que en el documento el aspirante a candidato independiente al ayuntamiento de San Andrés Cholula no controvierte las razones que le dio TEEP para negarle la ampliación y se limita a reiterar las mismas consideraciones que hizo el tribunal local.
Cabe mencionar que, el presidente del Instituto Electoral del Estado (IEE), Jacinto Herrera Serrallonga, precisó que aspirantes a candidatos independientes promovieron 11 quejas ante el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) y siete ante la Sala Regional de la Ciudad de México del TEPJF, por lo que aún están pendientes cuatro juicios en esta instancia.