Explicó que la resolución del TEPJF solamente aplica para Enrique Cárdenas
Pese a la resolución del TEPJF, el diputado local del PRI, Francisco Jiménez Huerta, defendió que la legislación sobre las candidaturas independientes contenidas en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de Puebla (Coipep) no es inconstitucional ni se extralimita.
En entrevista, descartó que el dictamen de los magistrados sea un revés para el Poder Legislativo, no obstante, admitió que tras la revocación de la sentencia TEEP-A-644-2017 del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que declaró la constitucionalidad de los artículos 201 Bis fracción 1 y 201 Quater, fracción 1, inciso a, del Código de Instituciones y Procesos Electorales de Puebla relativas a los “candados” contra independientes por considerarlas desproporcionadas y restrictivas, el Congreso deberá hacer un análisis de dichas normativas.
No obstante, ello ocurrirá después de las elecciones que se realizarán este año, pues por el momento están impedidos a realizar reformas en materia electoral, aunque admitió que le Congreso “dejó pasar” la oportunidad en julio de 2017 cuando realizó diversas reformas al Coipep.
Asimismo, contrario a lo que establece la sentencia dijo que sus efectos no son para todas las personas, sino sólo para Enrique Cárdenas Sánchez, pese a que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió la inaplicación de los requisitos de territorialidad y renuncia a la militancia partidista un años antes de la jornada electoral para aquellos que buscan ser candidatos independientes para el proceso electoral estatal ordinario 2017-2018 y por lo que ordenará la emisión de la convocatoria respectiva.
Rechazó que la negativa del Congreso para eliminar los “candados” a los independientes sea para dar ventaja a los partidos políticos, pues aseguró que los requisitos establecidos en la ley “sí se pueden cumplir”.
“El Congreso está haciendo lo correcto, es constitucional, son algunos procedimientos específicos”, indicó.