Según los magistrados, el recurso fue promovido en forma extemporánea
Por haber sido presentado extemporáneamente, el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) desechó de plano el recurso de impugnación promovido por Dulce María Silva Hernández, quien combatía las medidas cautelares dictadas en su contra dentro del acuerdo ITE-CG 73/2020 emitido por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, dentro del procedimiento especial sancionador CQ-DE-MRR-CG-002-2020, relativo a actos anticipados de precampaña relativos al proceso electoral local.
La demanda fue desechada de plano por haberse presentado de forma extemporánea, actualizándose la causal de improcedencia prevista en los artículos 19 y 24, fracción I, inciso d) de la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral para el Estado de Tlaxcala.
En el caso concreto, la actora refería en su escrito de demanda que fue notificada del acuerdo del ITE el pasado 20 de diciembre, sin embargo, de las constancias analizadas se advierte que tuvo conocimiento del acto impugnado el 18 de diciembre, por lo cual, “resulta evidente que la actora en esa fecha tuvo conocimiento de manera plena del contenido”, coincidieron en señalar los magistrados José Lumbreras, Miguel Nava y la magistrada Claudia Salvador al resolver el expediente TET-JE-064/2020.
En consecuencia, el plazo para impugnar empezó a correr el sábado 19 de diciembre y feneció el martes 22, por lo que al haber presentado su demanda el miércoles 23 de diciembre, es decir, un día después del plazo legal que tenía para hacerlo, su presentación resulta extemporánea porque la ley establece que los medios de impugnación deben presentarse dentro de los cuatro días posteriores a que se tiene conocimiento del acto impugnado.
Cabe recordar que el Consejo General del ITE emitió en días pasados medidas cautelares en contra de Dulce María Silva Hernández por la probable comisión de actos anticipados de precampaña, como parte de la contienda interna del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
La autoridad electoral administrativa ordenó a Silva Hernández retirar de su perfil social de Facebook, las publicaciones sancionadas en el acuerdo aprobado, dentro de un término que no excediera de 24 horas siguientes a la notificación.
Por otra parte, por mayoría de votos el Pleno del TET determinó regresar al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones todo lo relativo al expediente identificado con el número TET-PES-02/2020, promovido por el ciudadano Miguel Romero Romero, en contra de Dulce María Silva Hernández y de Morena por presuntamente haber desplegado de forma sistemática y anticipada actos de promoción electoral para posicionarse como candidata a la gubernatura de Tlaxcala.
El magistrado José Lumbreras y la magistrada Claudia Salvador no estuvieron de acuerdo con la cuenta presentada por el magistrado Miguel Nava, quien por su parte proponía la inexistencia de actos anticipados de precampaña y una amonestación pública a Dulce María Silva Hernández por la vulneración al interés superior de un menor de edad, no así a Morena debido a que el acto denunciado era exclusivamente es atribuible a la precandidata