En sesión del Congreso el 28 de mayo los diputados locales modificaron la integración de las comisiones.


La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) que declaró inexistente la violencia política en razón de género vinculada a la decisión del Congreso para modificar la integración de las comisiones parlamentarias.

En sesión no presencial, los magistrados resolvieron este jueves el Juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, promovido por la diputada Irma Yordana Garay Loredo (PT) y nueve diputadas y diputados contra 13 legisladores locales y contra la decisión del TET.

Al respecto, los magistrados resolvieron que el tema de violencia política vinculado a decisiones del Congreso forma parte del derecho parlamentario y, por lo tanto, no viola derechos políticos o electorales.

Además, refiere que en el caso particular de la diputada Leticia Hernández Pérez, removida del Comité de Administración por decisión de su partido, debe encauzarse a la Comisión de Orden y Disciplina Interpartidista de la dirigencia nacional del Partido Acción Nacional (PAN) como lo había decidido el tribunal local.

De ese modo, por unanimidad de votos los magistrados aprobaron el estudio presentado por la magistrada María Guadalupe Silva Rojas durante la sesión no presencial. Basada en la jurisprudencia, la sentencia publicada en estrados electrónicos señala que es errónea la petición de la diputada para que los magistrados rechacen la resolución del TET por no adecuar su resolución con la perspectiva de género.

El TEPJF refiere que “tener en cuenta la perspectiva de género no se traduce en que el órgano jurisdiccional esté obligado a resolver el fondo conforme a las pretensiones planteadas, solamente en atención al género de la parte actora”.