En el caso de las diputaciones locales para la comunidad lésbico-gay, no necesariamente el titular y suplente del espacio tiene que ser del mismo género, sino que puede ser hombre y mujer o viceversa.

Rumbo a las elecciones de junio, los partidos políticos estarán obligados a nominar en su lista de candidatos a personas de la comunidad LGTB, con alguna discapacidad e indígenas, como parte de un reconocimiento a la lucha que mantienen en sus derechos humanos.

Lo anterior se determinó en la sesión del Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE), donde se manifestó que estas “acciones afirmativas” se concretaron a raíz de las nuevas reglas de competencia electoral avaladas por el Congreso de Puebla.

En el caso de las diputaciones locales para la comunidad lésbico-gay, no necesariamente el titular y suplente del espacio tiene que ser del mismo género, sino que puede ser hombre y mujer o viceversa.

Sin embargo, la situación cambia para el tema de personas con discapacidad o indígenas, pues ahí si exigen que los titulares sean hombres o mujeres, esto con base en la lista de paridad de género.

Durante la misma sesión se detalló que para el tema de las alcaldías y en favor de los grupos indígenas, se tendrán que postular dentro de las planillas al menos una persona de este sector en 20 de 46 municipios que se caracterizan por estos escenarios.

“De modo que, las acciones afirmativas que se proponen, constituyen medidas temporales, razonables, proporcionales y objetivas, orientadas a lograr la igualdad material entre las diversas personas que conforman la sociedad; para el efecto de garantizar que éstas accedan a los cargos de diputaciones e integrantes de ayuntamientos, a fin de compensar o remediar una situación de injusticia, desventaja o discriminación”.

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