Confirman magistrados validez de la elección de Miguel Ángel Covarrubias como diputado local por el distrito 14 de Nativitas.
Con dos votos a favor y uno en contra, los magistrados de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenaron a los consejeros del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) modificar la distribución de diputaciones por la vía de representación proporcional.
Con dos votos a favor y uno en contra, los magistrados de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenaron a los consejeros del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) modificar la distribución de diputaciones por la vía de representación proporcional.
Lo anterior resultó al advertir que la interpretación que ITE realizó sobre el convenio de candidatura común entre el PRI, Panal, PS y PVEM sobre la distribución de los votos para que mantuvieran su registro, disminuyó el derecho de otros partidos a acceder a una diputación plurinominal.
Tal criterio no sólo salvó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) de mantener su registro, sino que le dio el derecho a tener una representación en el congreso del estado, «lo que perjudicó la esfera jurídica de los partidos que no firmaron el convenio y obtuvieron mas votos en la elección», señalaron.
En ese sentido, en la acumulación de seis impugnaciones, los magistrados declararon infundados algunos de los argumentos de los partidos pero decidieron fundar los agravios en los que aducen que la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional fue producto de una indebida interpretación de la cláusula octava del convenio.
En ese sentido, en la acumulación de seis impugnaciones, los magistrados declararon infundados algunos de los argumentos de los partidos pero decidieron fundar los agravios en los que aducen que la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional fue producto de una indebida interpretación de la cláusula octava del convenio.
«Se consideran fundados los agravios en los que se aduce que la asignación de diputaciones por representación proporcional fue indebida (…). En concepto de la ponencia, lo fundado de esos agravios reside en que la distribución de votación igualitaria (de los partidos que participaron en la candidatura común PRI-PVEM-Panal-PS), que fue realizada por el ITE y validada por el TET para garantizar a cada uno de los partidos políticos la conservación de su registro y la posterior distribución del remanente, terminó por extender indebidamente sus efectos en las cantidades que servirían de insumo para realizar la asignación de diputaciones por representación proporcional», refiere la sentencia.
Por tal motivo, los magistrados ordenaron modificar la asignación de diputaciones de representación proporcional de conformidad a lo establecido en la ejecutoria y ordenaron al ITE expedir las constancias correspondientes a las candidaturas que tienen derecho.
Por otro lado, por unanimidad de votos, los magistrados acordaron validar la elección de Miguel Ángel Covarrubias como diputado local por el distrito 14 con cabecera en Nativitas.
Lo anterior, después de que declararon infundados los argumentos sobre el rebase de tope de campaña y la injerencia de funcionarios públicos para determinar el sentido del voto el día de la elección.
Por un lado, no se acreditó el rebase de tope de campaña de acuerdo al informe que emitió el INE sobre la fiscalización y, segundo, los cargos de cronista y director de cultura municipal, quienes fungieron como representantes de dos casillas, carecen de las facultades para manejar políticas públicas o programas sociales que induzcan a los ciudadanos a votar por determinado partido, por lo que desecharon estas como razones para anular la elección.