En estado de descomposición y abandonados muchos de los objetos del delito, asegura Consejo de la Judicatura.

Debido a que el archivo de concentración de los juzgados en materia penal está saturado, el Pleno del Consejo de la Judicatura aprobó y publicó en el Periódico Oficial del Estado las normas para destruir o devolver los instrumentos, objetos o productos relacionados con los diferentes delitos cometidos en la entidad.

Según el acuerdo general 03/2020 del consejo, en el archivo hay muchos objetos e instrumentos de delito en estado de descomposición, inservibles y abandonados que se acumulan en las instalaciones del poder judicial por lo que, los tribunales deberán realizar un inventario de los objetos de delito y bienes para determinar el estado del proceso judicial.

Los Juzgados penales de Sánchez Piedras y Especializado en Administración de Justicia para Adolescentes y de Güridi y Alcocer, deberán depurar y destruir solo materiales relacionados con procesos judiciales con una resolución definitiva y dos meses después de la ejecutoria.

De ese modo, se desecharán aquellos relacionados con asuntos con sanciones ejecutadas, sentencias definitivas o que no se encuentren concluidos pero que lleven más de 10 años de resguardo.

Algunos bienes podrán ser devueltos a familiares a través de un inventario y la identificación de la relación familiar o que reclamen los bienes, de lo contrario se declararán abandonados y se decidirá la vialidad de su destrucción o se publicarán edictos para informar a probables interesados sobre la situación de los bienes.

Los juzgados no deberán destruir los objetos de delito que se encuentren en procesos de impugnación o no resueltos y, en caso de determinar su destrucción, será con secrecía y en resguardo de la información contenida, además de que deberán dejar constancia del día y hora de su destrucción.

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