TecamachalcoFoto: Especial

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció que el ex presidente municipal de Tecamachalco y actual diputado federal de Morena por Puebla, Carlos Ignacio Mier Bañuelos incurrió en anomalías para la contratación y/o adquisición de tiempos en radio y televisión para la promoción de su informe de labores en la capital poblana, fuera del ámbito geográfico del municipio.

Al resolver el procedimiento especial sancionador SRE-PSC-562/2024 que promovió el Partido Acción Nacional (PAN), el TEPJF concluyó que se usó recursos públicos de forma indebida, por lo que se deberá iniciar un procedimiento sancionador por parte de la Contraloría Municipal de Tecamachalco.

En el mismo fallo, se establece que los concesionarios o empresas de comunicación vulneraron las reglas sobre difusión de informes de labores y usaron indebidamente recursos públicos, por lo que tendrán que pagar una multa ante el Instituto Electoral del Estado (INE).

El procedimiento especial también involucra, para la sanción que debe considerar la Contraloría Municipal, a los titulares de la Secretaría del Ayuntamiento y del área de comunicación social del entonces Gobierno Municipal que encabezó Mier Bañuelos en Tecamachalco.

Se especifica que el 8 de octubre de 2023,  se registró la difusión de sendos promocionales en diversas estaciones de radio y canales de televisión con cobertura en la capital del estado de Puebla, relativas al segundo informe de labores del entonces presidente municipal, es decir, fuera del ámbito geográfico de Tecamachalco.

La Sala resolvió: EXISTENCIA de la vulneración a las reglas de presentación de informes de labores fuera del ámbito geográfico atribuido al denunciado y a las concesionarias, porque no tomaron acciones que limitarán el alcance de la transmisión del informe.

INEXISTENCIA de la adquisición de tiempos de radio y promoción personalizada, dado que el contenido denunciado se trata exclusivamente de promociones relativas a un informe de labores.

EXISTENTE el uso indebido de recursos públicos, porque se utilizaron recursos económicos para la comisión de una infracción electoral. En la sentencia se calificaron las infracciones como graves ordinarias y se impusieron unas multas a las concesionarias, así como dar vista a la Contraloría Municipal de Tecamachalco, Puebla.

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