Se busca anular que una persona no pueda pertenecer a la Comisión en caso de haber sido inhabilitado durante su paso como funcionario público.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), impugnó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), uno de los artículos de la Ley de Búsqueda de Personas que avaló la LX Legislatura del Congreso de Puebla.

Con base en la queja presentada, se busca anular la fracción II del artículo 28 de la citada ley, que refiere que una persona no puede pertenecer en la Comisión de Búsqueda, en caso que haya sido inhabilitado durante su paso como funcionario público.

La queja fue interpuesta por la propia presidenta de la CNDH, María del Rosario Piedra Ibarra y el documento se puede consultar con el número de registro 145/2021 ante la SCJN.

Cabe señalar que para pertenecer a la Comisión Nacional de Búsqueda se pide a los interesados contar con título profesional; no haber desempeñado cargo de dirigencia nacional o estatal en partidos políticos dentro de los dos años previos a su nombramiento, entre otros requisitos.

No hay que pasar por alto que la Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas se avaló en una sesión extraordinaria del Congreso del Estado de Puebla por la LX Legislatura antes del 31 de agosto.

Esta reforma se avaló por la presión que ejerció el grupo de Personas de Búsqueda que encabezó un plantón a las afueras del Congreso del Estado de Puebla por más de un mes.

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