embarazadasFoto: Agencia Enfoque

Puebla podría castigar con hasta seis años de cárcel a las y los funcionarios públicos que realicen actos de discriminación contra mujeres embarazadas.

De hecho, en caso de aprobarse la iniciativa de la diputada Guadalupe Yamak para reformar al Código Penal del Estado de Puebla, también podrían ser destituidos de su cargo.

Aunque ya existen sanciones para las personas que comentan actos de discriminación contra las embarazadas, ahora se propone aumentarlas para que estas se cumplan de mejor manera.

Actualmente, la discriminación laboral a causa de un embarazo es una situación más frecuente de lo que se pudiera imaginar.

Su impacto puede verse reflejado en la afectación de múltiples derechos de la mujer embarazada, de su bebé y su familia, no solo de sus derechos laborales.

En la última década, el número de quejas recibidas en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) por personas que fueron despedidas por estar embarazadas disminuyó 71 por ciento. Sin embargo, esta denuncia y otras que tienen que ver con la violación a los derechos reproductivos o a la igualdad de género son las principales reclamaciones.

La causa de discriminación más frecuente reportada al Conapred sigue siendo el despido por embarazo, con 94.6 por ciento del total. De acuerdo con información de ese organismo, en los últimos nueve años se han presentado 685 quejas. Entre 2014 y 2016 se presentaron más de 100 denuncias por año.

En 2019 llegaron 17 casos y para 2020 bajó a 14. Hasta abril de 2021 el Conapred reporta 4 quejas, todas en contra de particulares. Es en la iniciativa privada, más que en instituciones gubernamentales, donde según estas estadísticas, se comete más discriminación por embarazo. Desde 2012, 616 casos han ocurrido en las empresas.

Nueva reforma para castigar discriminación contra embarazadas

El documento indica que la sanción se aplica a quien niegue o restrinja derechos laborales de cualquier tipo, pero además al servidor público que, por las razones previstas en el primer párrafo de este artículo, niegue o retarde a una persona un trámite, servicio o prestación al que tenga derecho, se le aumentará en una mitad la pena prevista en este numeral, además se le impondrá destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta.

Asimismo se contempla y armoniza en el marco jurídico de la entidad la discriminación laboral por embarazo y se puedan crear condiciones para que se emitan políticas públicas y reglamentación en la materia.

Con las reformas se abrirán las posibilidades para la creación de un protocolo de actuación por parte de las agencias del Ministerio Público en materia de discriminación en razón de embarazo.

Por: El Popular
Foto: Especial

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