Organizaciones que defienden los derechos de los animales se hicieron presentes en el salón de plenos para manifestar su inconformidad.
Por mayoría de votos, el Congreso del Estado de Tlaxcala, aprobó la expedición de la Ley de Bienestar Animal, en la que establece normas de protección de los derechos de los animales de compañía; sin embargo, en la discusión votaron por exceptuar de esta normativa las corridas de toros y las peleas de gallos.
Durante la sesión ordinaria de este día, y entre controversia por un artículo, los legisladores aprobaron por mayoría este nuevo ordenamiento, se hicieron presentes organizaciones y ciudadanos interesados en el tema, acompañados de sus mascotas para dar el respaldo a esta iniciativa.
En lo que respecta a esta ley, entre sus objetivos se encuentran, la protección de los animales, garantizar su bienestar, brindar atención, buen trato, manutención, alojamiento, desarrollo natural y buena salud; además de salvaguardar los comportamientos físicos naturales, asegurando la sanidad animal y la salud pública; además de que involucran a las autoridades estatales y municipales para la protección de los animales y concientizar a la población sobre estos temas.
Entre los puntos relevantes de esta normativa, se encuentra la ampliación de facultades de la Coordinación Estatal de Zoonosis, además de que obliga al Estado y a los municipios a implementar medidas tendientes a la protección y bienestar animal; de igual forma sanciona el maltrato animal, el uso, venta, posesión y manejo indebido, así como las obligaciones de los dueños que tengan animales de compañía, lineamientos para los albergues y refugios, entre otras medidas.
Asimismo, regula la eutanasia y contempla lineamientos para prohibir el uso de animales con fines experimentales, prohíbe el abandono de animales en las calles, la venta de los mismos en la vía pública, y a menores de edad, así como dejarlos en vehículos cerrados, dotarlos de sustancias para modificar su condición corporal, el uso de collares eléctricos, el abandono en la intemperie o azoteas, entre otras medidas.
Dicha iniciativa fue aprobada en lo general con 20 votos a favor; no obstante, en la discusión particular, se reservó el artículo 139, el cual en su apartado ‘a)’ , establece que queda prohibido «Provocar la muerte de animales por envenenamiento, asfixia, el uso de ácidos corrosivos e instrumentos punzo cortantes, golpes, así como el uso de métodos o procedimientos que causen dolor o prolonguen la agonía de éstos.
Se exceptúa de lo anterior el uso de venenos y productos similares que se utilicen dentro de programas de restauración ecológica o para el control y combate de plagas. Sólo podrán considerarse como plagas aquellos agentes biológicos que causen enfermedad o alteren la salud de la población humana y animal».
Empero, luego de la discusión y pese a las posturas contrarias, se propuso exceptuar a las corridas de toros y las peleas de gallos, ya que ambos están declarados como Patrimonio Inmaterial del Estado por el Congreso local, además de que son símbolo de las tradiciones de la entidad, pues este artículo ponía en riesgo su prohibición.
Incluso valió que el matador de toros y diputado local, se pronunciara en favor del dictamen y defendió la fiesta de los toros, y pese a que hubo reclamos de los asistentes, el legislador local se dijo estar dispuesto a legislar para prohibir las corridas si se comprueba que el toro bravo puede ser utilizado como animal de compañía, además de que pidió privilegiar el respeto de los derechos de los animales de compañía, que es para los cuales fue creada esta iniciativa.