El Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala publicó este fin de semana las reformas al Código Penal y a la Ley que Garantiza a la mujeres una vida libre de violencia sobre la tipificación del delito de pornografía infantil con penas que van de los siete a 12 años de prisión y multas de 82 mil a medio millón de pesos.

El tipo define al delito como «quien procure, obligue, facilite o induzca por cualquier medio a una o varias personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulador, con el objeto de vídeo grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos y reproducirlos en medios electrónicos y digitales».

Penas de casi 12 años de prisión aplican para las personas que generen este material de pornografía infantil como para las personas que lo adquieran o reproduzcan, vendan, copien o transporten.

A la Ley de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia se agregaron a fin de reconocer su existencia los tipos de violencia digital, violencia digital sexual y cualquier otra de este tipo que dañe la integridad física y mental de las niñas, adolescentes y mujeres.

Para dar cauce y forma a los modos en los que deben atenderse este tipo de denuncias, la Secretaría de Seguridad Ciudadana está obligada a capacitar al personal, diseñar programas de contención del estrés y psicológica y crear el Protocolo Único para la Atención Adecuada de la Violencia Digital Sexual diseñada por la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala antes de los 90 días después de la publicación de las reformas en el POE.

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Por Alejandro Díaz

Periodismo de datos.

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